
La tendencia de las ideologías a convertirse en fanatismos es un fenómeno bien conocido, en el que se dan los rasgos típicos de estas actitudes: irracionalidad, manipulación de la realidad, intolerancia e incapacidad para el diálogo, consideración de quien disiente como un enemigo a aniquilar (vale también civilmente), exagerado afán de imponer la propia ideología a toda costa…
Tras leer detenidamente en el BOCM del pasado 10 de agosto el texto completo y definitivo de la Ley 3/2016, de 22 de julio, de Protección Integral contra la LGTBifobia de la Comunidad de Madrid, veo sobrados motivos para considerar que ese tsunami cultural de la postmodernidad que es la ideología de género se ha situado de lleno en ese terreno del fanatismo. Las agresivas y desmedidas reacciones a las críticas por parte de algunos obispos a dicha ley, no han hecho más que confirmarlo.
Algunas personas creen que La Sexta da información.
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Suscríbete ahoraY hay algo aún más peligroso que una ideología convertida en fanatismo: el fanatismo convertido en ley. Con todo el poder coercitivo que es propio de las normas jurídicas, conformadoras también de la mentalidad social. Y por mucha unanimidad partitocrática que la respalde. Me ha sobrecogido ver de nuevo estos días la película Vencedores o vencidos en la que se aborda la responsabilidad de los jueces alemanes en la aplicación de las leyes del III Reich y dónde puede conducir un positivismo jurídico extremo que prescinde de la Justicia.

No me detendré aquí en el análisis del entramado ideológico de la referida ley madrileña “contra la LGTBifobia” ni en su falsa concepción antropológica. No son muy diferentes de las aun recientes leyes aprobadas en diferentes comunidades autónomas con el mismo pretexto. Otros han denunciado ya con profundidad y claridad estos aspectos básicos y en unos días estará disponible el revelador libro de la profesora Alicia Rubio, experta en el tema, sobre la realidad de la ideología de género en España.
Sí me gustaría destacar que de los cuatro pilares fundamentales en los que, a mi juicio, se expresa el carácter impositivo de la ideología de género en la nueva ley madrileña -protección institucional y régimen sancionador extremos, instrumentación de los medios de comunicación públicos, penetración en el ámbito empresarial y laboral, e invasión de todo el ámbito educativo- es éste último, el capítulo educativo, el que me parece más preocupante.
La educación, una vez más, es la clave
No estoy especulando. Transcribo a continuación algunos de los preceptos contenidos en el Capítulo XI (“Medidas en el ámbito educativo”) de la Ley 3/2016 de la Comunidad de Madrid, en su redacción definitiva:
Artículo 29
Plan integral sobre educación y diversidad
(…)
- Sin perjuicio de lo establecido en la normativa estatal aplicable, la Comunidad de Madrid elaborará una Estrategia integral de educación y diversidad sexual e identidad o expresión de género. Las medidas previstas en este plan se aplicarán en todos los niveles y etapas formativas y serán de obligado cumplimiento para todos los centros educativos (…).
Artículo 31
Planes y contenidos educativos
1. La Comunidad de Madrid, en el ámbito de sus competencias, adoptará las medidas necesarias para evitar y, en su caso, eliminar, contenidos educativos que impliquen discriminación o violencia física o psicológica o puedan inducir a la comisión de delitos de odio basados en la diversidad sexual y de género. (…)
4. En los centros educativos se desarrollarán, a lo largo de cada curso escolar, acciones de fomento de la cultura del respeto y la no discriminación de las personas basada en la orientación sexual e identidad o expresión de género. En todo caso se realizarán este tipo de actuaciones en las fechas conmemorativas a las que se refiere el artículo 50. (…)
6. La Administración autonómica, en el ámbito de sus competencias, desarrollará políticas activas de apoyo y visibilización de las asociaciones y organizaciones LGTBI legalmente constituidas que realizan actividades educativas a favor de la no discriminación por orientación sexual e identidad o expresión de género. (…)
9. Dentro de los contenidos educativos de libre asignación de la Comunidad de Madrid se garantizará que todos los alumnos madrileños reciban la formación que promueva los valores constitucionales de convivencia, respeto e igualdad hacia el colectivo LGTBI, una aproximación hacia los distintos modelos de familia y se explique la realidad de las diferentes orientaciones sexuales e identidades de género.
Artículo 32
Inclusión de la realidad LGTBI en los planes de estudio
La Consejería competente en materia de educación incorporará la realidad lésbica, gay, bisexual, transexual, transgénero e intersexual en los contenidos transversales de formación de todo el alumnado de Madrid en aquellas materias en que sea procedente. Revisará los contenidos de información, divulgación y formación que ya existan en los distintos niveles de enseñanza y en otros ámbitos formativos, para lo que dará audiencia a las asociaciones, organizaciones y colectivos LGTBI. (…)
Omito lo referente a formación del personal docente y las medidas para las Universidades. Creo que las disposiciones transcritas, ya en vigor, no necesitan muchos comentarios, sobre todo si se tiene presente el letal malentendido que las organizaciones LGTBI –a las que la ley confiere, por cierto, un protagonismo en su aplicación que aquellas nunca soñaron- están consiguiendo instalar con las expresiones “discriminación de género” y “homofobia”. Enseñar, por ejemplo, como propone el Catecismo de la Iglesia Católica, que el matrimonio es una alianza del varón y la mujer (n. 1601) o que “los actos homosexuales son intrínsecamente desordenados” (n. 2357), parece que entraría de lleno en esas supuestas categorías, tal y como dichos grupos pretenden imponerlas con no pocas complicidades mediáticas.
¿Qué hacer?
Más de una persona me ha sugerido en los últimos días el paralelismo entre la Ley promovida ahora por el Gobierno madrileño del PP y las asignaturas de Educación para la Ciudadanía de la etapa Zapatero, cuyo rechazo provocó una amplia y heroica movilización de los padres de familia. Fue una larga controversia en la opinión pública y en los tribunales de justicia que, al menos, consiguió que el Gobierno de Rajoy derogase con la LOMCE las polémicas asignaturas como parte del currículo general obligatorio.
La agresión adoctrinadora de la Ley Cifuentes se enmascara con algo con lo que todos nos identificamos: la igualdad y la eliminación de la discriminación
No dejaría de ser interesante un análisis de las similitudes y diferencias entre ambas iniciativas adoctrinadoras y sus respectivos contextos. Sí, “de aquellos lodos…”. Pero ahora toca más bien aprovechar esa experiencia de éxito cívico para concretar algunas posibles líneas prácticas de acción para la defensa de las libertades de conciencia y expresión y, específicamente, de la libertad educativa, frente a las leyes de género. Pueden ser estas:
1. Información, sensibilización y formación. La agresión adoctrinadora de la Ley Cifuentes se enmascara con algo con lo que todos nos identificamos: la igualdad y la eliminación de la discriminación. Es necesario entender y explicar bien los mecanismos de manipulación en virtud de los cuales se produce el salto desde la incuestionable igualdad en la dignidad de todas las personas al abismo ideológico del género y su radical negación de la naturaleza humana.
2. Seguimiento del desarrollo reglamentario de la Ley. La aplicación de las medidas educativas previstas en la Ley exige ahora el correspondiente desarrollo reglamentario, competencia del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid, regida por el Partido Popular. Como ciudadanos tenemos muchas vías legítimas para influir en ese proceso e, incluso, en su bloqueo.
3. Utilización de los instrumentos de defensa legal. Por de pronto, la nueva Ley madrileña puede ser recurrida ante el Tribunal Constitucional por el Defensor del Pueblo en el plazo de tres meses a partir de su publicación, es decir, antes del 10 de noviembre. Cualquier ciudadano puede dirigir, de manera muy simple, una queja ante este órgano pidiendo en ella la interposición del recurso de inconstitucionalidad.
Y, cuando se inicie el proceso de desarrollo reglamentario y la aplicación de la ley, la jurisdicción contencioso-administrativa multiplicará las posibilidades de defensa judicial de nuestros derechos. Las sentencias del Tribunal Supremo de 2009 en la cuestión de la objeción de conciencia a Educación para la Ciudadanía brindan algunos puntos de apoyo jurídico muy interesantes.
4. Diálogo y colaboración entre los padres y la dirección de los centros. Si la agresión a la libertad de educación se consuma, es necesario articular mecanismos eficaces que la pongan freno en lo concreto, en lo cotidiano. Y para ello son básicos el diálogo y colaboración de los padres y la dirección de los centros educativos, cualquiera que sea su titularidad. Conseguir el apoyo de los colegios e institutos a la objeción de conciencia de los padres, en nombre de sus hijos, puede ser uno de los objetivos, pero no es el único.
5. Participación y movilización cívicas. Nuevamente es la hora del protagonismo de la sociedad civil organizada y de la apelación a su responsabilidad en la construcción del bien común. Las formas de participación, lo sabemos, son amplias: ejercicio responsable del derecho al voto, presencia activa en los medios de comunicación y redes sociales, diálogo con los políticos y autoridades administrativas, promoción de espacios para el debate, activación de AMPAS, asociaciones y redes de todo tipo… y, sí, también movilizaciones pacíficas en la calle. El reciente y espectacular éxito de la sociedad civil de Colombia ante una amenaza política similar, nos interpela en nuestro compromiso.
Responsabilidad de las minorías creativas
La libertad de educación se defiende ejerciéndola y caminos para hacerlo no nos faltan, como acabamos de ver. Cuanto antes empecemos a andar todos, mucho mejor. Es por eso también momento de que las minorías creativas asuman el liderazgo social al que están llamadas, con auténtico propósito de servicio al bien común y disposición a sacrificar estatus, tiempo, recursos y, si es necesario, imagen pública y legítimos intereses individuales o de grupo.
Es tiempo, en fin, de coraje cívico. Tiempo de atreverse a nadar contracorriente, conscientes de lo que nos jugamos. Tiempo de romper las cadenas de lo políticamente correcto y la autocensura que, como un gas venenoso, ha penetrado casi imperceptiblemente en nuestros pulmones. Por eso, atreverse a hablar sin miedo del problema puede ser ya un primer y valioso paso.