La Fiscalía del Tribunal Supremo se ha adherido al recurso promovido por la la Asociación de Víctimas de la Ley de Violencia de Género (AVILEGEN) contra el indulto concedido a María Salmeron, condenada en reiteradas ocasiones por no cumplir el régimen de visitas estipulado por los jueces.

Según el escrito de la Fiscalía, al que ha tenido acceso Actuall.com, el indulto concedido por el Gobierno en funciones a María Salmeron adolece de «falta de motivación, que llevaría a la arbitrariedad» la decisión tomada por el Consejo de Ministros.

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En concreto, la Fiscalía subraya que «hay una clara desconexión entre el cúmulo de factores del expediente y la inmotivada» concesión del indulto. Al mismo tiempo, señala que «cualquier espectador imparcial» advirtiría en la concesión del indulto su extrañeza por el «patente desequilibrio entre el contenido del expediente y el tenor del acuerdo».

A juicio de la fiscalía, el cuarto indulto concedido por el Gobierno en funciones a María Salmeron es «vago y formulario»

Un indulto que, por cierto, es tildado por la Fiscalía de «vago y formulario» hasta el punto de que «resulta prácticamente imposible encontrar ‘coherencia lógica’ entre la mínima referencia del acuerdo y lo que consta en el expediente».

A juicio de la presidenta de AVILEGEN, Inmaculada Ocaña, «esta posible anulación llenará de esperanza  a muchos padres huérfanos de derechos y reiteramos que es ilegal, por haber sido adoptado el indulto por un Gobierno en funciones«.

El abogado José Luis Escañuela, responsable del recurso frente al cuarto indulto concedido a Salmeron, señala que «las políticas de género se han construido desde la desigualdad y contra los hombres. La pérdida de los hijos en muchos casos no será paliada, pero la eventual anulación del indulto servirá de esperanza a otros padres en la misma situación. ¿Para cuándo la custodia compartida como régimen preferente?»

Condenada e indultada en cuatro ocasiones

El caso de María Salmeron es uno de los más señalados por quienes llevan denunciando los excesos y las arbitrariedades que, en nombre de la Ley Integral contra la Violencia de Género, se están cometiendo en España.

Tras la separación del matrimonio formado por María Salmeron y Antonio Ruiz, él fue condenado por un delito de violencia continuada. Se le impuso una pena de prisión de un año y nueve meses, así como una orden de alejamiento respecto a su ex mujer, al tiempo que se establecía para ambos un régimen de visitas respecto a su hija. 

Según la Audiencia Provincial de Sevilla señalaba que existía «una verdadera retención o secuestro de la menor respecto del derecho del padre»

Al poco tiempo, María Salmeron, incumpliendo la sentencia, decide desatender el régimen de visitas esstablecido por el juez. Con posterioridad, la justicia estimó en primer lugar la custodia compartida, para posteriormente otrogársela en exclusiva al padre. 

Como resultado de los reiterados incumplimientos del régimen de visitas, Salmeron fue condenada en cuatro ocasiones por delitos de desobediencia. Como explica Joaquín Bosch, uno de los magistrados sentenciadores, Salmeron «tenía que haber demostrado que para la menor era traumático y enormemente  negativo haber estado con su padre. Lo que no resulta admisible es que la madre -unilateralmente- tomara la decisión de que no se llevara a cabo el régimen de visitas».

Tan es así ,que en una de las sentencias, la Audiencia Provincial de Sevilla señalaba que existía «una verdadera retención o secuestro de la menor respecto del derecho del padre«.

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