Montaje de Pablo Iglesias
Montaje de Pablo Iglesias / Actuall

Una de dos. O lo de Podemos es ignorancia supina y falta de rigor jurídico… O las leyes de Género son un disparate que se contradicen a sí mismas. O, lo más probable, se trata de las dos cosas.

Porque al presentar la nueva ley mordaza que repesca la vieja censura de los regímenes totalitarios (la Propuesta de Ley contra la discriminación por orientación sexual), el Grupo Parlamentario de Podemos ha derogado, de facto, la Ley de Violencia de Género.

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Hasta el punto de que la Asociación Europea de Abogados de Familia ha felicitado al partido de Pablo Iglesias por tamaña hazaña.

¿Cómo es posible? Muy sencillo, por el galimatías conceptual y semántico de los dogmas de Género que llevan dentro el germen de la destrucción y lo transmiten por vía jurídica a las leyes como la de Violencia de Género.

El varón imputado por violencia de género no tiene más que expresar que se siente mujer… al menos eso establece la ley podemita

Tal como está redactada la Proposición de Ley podemita, sería suficiente que un varón imputado por violencia de género (por denuncia falsa o no) pudiera restablecer su presunción de inocencia y el equilibrio procesal entre las partes con el fácil mecanismo de expresar su diferente orientación de sexual o identidad de género.

Es decir, asegura ante el juez que se siente o autopercibe de género femenino… y asunto concluido. No tienen más que fijarse en la redacción del artículo 31.3 de la norma podemita:

“3. En los casos en que la legislación aplicable sea diferenciada en función del género, su determinación se realizará en base a la identidad de género sentida, por ejemplo en materia de violencia de género machista, aún cuando no se haya realizado el proceso de rectificación de la mención de sexo ante el Registro Civil”.

Pablo Iglesias
El líder de Podemos, Pablo Iglesias / EFE

Si lo aplicamos al pie de la letra, el proyecto de Podemos permite eliminar de facto la asimetría penal por cuestión de sexo existente en nuestro ordenamiento: y permite por la vía de los hechos modificar el trato discriminatorio que la Ley de Violencia de Género otorga a los varones.

Según la redacción de ese artículo, el  legislador de la Ley de Violencia de Género estableció una injusta presunción en el sentido de considerar que toda persona con sexo masculino tiene necesariamente una identidad de género coincidente con el sexo asignado en el momento de nacer.

E igualmente, el legislador  operó con categorías sociales ya superadas que veían en la masculinidad una violencia implícita y una dominación heteropatriarcal que la realidad social está muy lejos de confirmar.

Por lo que, hoy por hoy, resulta obsoleta la injusta culpabilización de los varones por el hecho de asignárseles en el momento de nacer el sexo masculino.

El propio artículo 31.3 debidamente aplicado permitirá la igualación de las penas para el caso de violencia doméstica independientemente del sexo del agresor y la víctima.

Dado que con la mera manifestación de una identidad de género diferente al sexo asignado en el momento de nacer los varones podrán luchar en igualdad de condiciones no sólo en los Juzgados de Violencia de Género, sino en general en todos los Juzgados de Familia.

La Ideología de Género que inspira la ley mordaza pone fin a un efecto perverso de la Ideología de Género: la culpabilización del varón por el hecho de serlo

A la Asociación Europea de Abogados de Familia no se le escapa la ironía que supone que la propia ideología de género que inspira la Proposición de Ley contra la discriminación por orientación sexual, sea la responsable de poner fin a uno de los efectos más perversos de la propia ideología de género, a saber: la culpabilización prejudicial de los varones por el hecho de ser varones.

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