La Justicia ha dictado la primera sentencia con «perspectiva de género» en España al reconocer la pensión de viudedad a una mujer divorciada que afirmó haber sido víctima de violencia de género aunque la denuncia nunca fue probada, según ha informado el diario El Mundo.
La sentencia dictada por la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), cuya titular es Gloria Poyatos, presidenta también de la Asociación de Mujeres Juezas, ha indicado que se ha «garantizado una mayor protección de las víctimas de violencia de género mediante la técnica de impartir Justicia con perspectiva de género».
Algunas personas creen que La Sexta da información.
Suscríbete a Actuall y así no caerás nunca en la tentación.
Suscríbete ahoraLa resolución concede ahora la pensión de viudedad solicitada a una mujer de Gran Canaria. Anteriormente había sido desestimada por la Justicia con el argumento de que no quedó suficientemente probada la situación de violencia de género, al sólo tramitarse judicialmente una de las denuncias, y ésta quedó finalmente archivada.
Asimismo, los dos certificados presentados por la demandante en los que se recogía que había sido víctima incesante de malos tratos junto a sus dos hijas menores en su matrimonio, no fueron ratificados por la persona que los firmó. Además, las hijas no acudieron a declarar al juicio.
Es 1994 el primer año en el que hay constancia de que la demandante acude al Instituto Canario de la Mujer para solicitar ayuda, por sufrir supuestos malos tratos. Un año después se separó, y en 1997 obtuvo el divorcio.
Las denuncias fueron archivadas
La mujer interpuso varias denuncias entre 1995 y 1999 contra su exmarido, pero todas fueron archivadas. En una de las denuncias se pueden leer las amenazas que el exmarido le decía: ‘Yo voy a gusto a la cárcel pero tú terminas como tu tía Blanca que vivía en Lanzarote y fue asesinada hace unos años».
Según ha señalado la magistrada esta sentencia se define como perspectiva de género para que los jueces, cuando se produzca un proceso similar, no apliquen la Ley de forma automática.
«En casos de violencia de género, debe valorarse la prueba de forma adecuada, contextual y flexible, evitando una interpretación judicial estereotipada o prejuiciosa», ha asegurado.
Poyatos: «Juzgar con perspectiva de género no es una ideología, no es una propuesta feminista»
Para esta magistrada, «juzgar con perspectiva de género no es una ideología, no es una propuesta feminista, se trata de un mandato jurídico vinculante para los órganos jurisdiccionales españoles. Lo dejamos bien claro en la sentencia».
Poyatos ha subrayado que «en esa época no existía sensibilidad social sobre la violencia de género, que es la cara más atroz de las desigualdades de género. Se veía como un asunto doméstico, privado y no como un problema de orden público y tampoco existían herramientas legislativas potentes para perseguirla». La magistrada sostiene que esta sentencia «abre un camino explícito para que pueda invocarse en otros casos similares y servir de guía práctica facilitando una impartición de justicia integradora de la dimensión de género».
En este sentido, la directora del Instituto Canario de la Mujer, Claudina Morales, ha calificado de «muy positiva» la sentencia. «Aunque el ex marido no fue condenado en su momento por un juez, sí que es importante que se haya revisado esa sentencia y se haya entendido que la afectada sí tiene derecho a la pensión de viudedad», ha espetado.
Morales ha recordado que en cuestión de violencia de género «es vital la formación de todos los agentes implicados en la atención en las víctimas de malos tratos, tanto jueces y fiscales como los demás gestores, para que actúen siempre teniendo en cuenta esa perspectiva«.