El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 9 de Barcelona ha sentenciado que el mensaje «los niños tienen pene, las niñas tienen vulva» que lució el autobús de HazteOir.org el 17 de marzo de 2017 en Cataluña no infringe la ley Ley 11/2014, de 10 de octubre, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales y para erradicar la homofobia, la bifobia y la transfobia.
En aquella ocasión, la Generalidad inmovilizó el bus de HazteOir.org en Barcelona y secuestró 400 libros que explicaban el contenido de las leyes de adoctrinamiento LGTBI aprobadas en diferentes comunidades autónomas.
Algunas personas creen que La Sexta da información.
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Suscríbete ahoraEn una sentencia fechada el pasado 17 de junio de 2019, la justicia ha estimado el recurso presentado por HazteOir.org contra la sanción impuesta por la Generalidad de Cataluña de 1.707 euros por una falta leve del artículo 34.3 de la citada ley, según el cual:
3. Son infracciones leves:
a) Usar expresiones vejatorias, por cualquier medio, que inciten a ejercer la violencia contra las personas o sus familias, por causa de la orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género, de un modo intencionado.
b) Emitir intencionadamente expresiones vejatorias que inciten a la violencia y tengan connotaciones homofóbicas, bifóbicas o transfóbicas en los medios de comunicación, en discursos o en intervenciones públicas.
c) Realizar actos que comporten aislamiento, rechazo o menosprecio público, notorio y explícito de personas por causa de la orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género.
HazteOir.org había interpuesto un recurso de alzada contra esta decisión que fue desestimado por la Generalidad. Ahora, la Justicia revoca la decisión de la administración regional catalana «por no ser conforme a derecho con expresa condena en costas a la Administración demandada».
La presente resolución es firme y contra la misma no cabe interponer recurso ordinario
alguno.
La magistrada considera que «es cierto que el eslogan puede ser desacertado y provocador, y que puede haber gente que no comparta su contenido. Sin embargo, teniendo en cuenta exclusivamente el eslogán, su contenido no es subsumible en el tipo infractor. Las expresiones vertidas no comportan aislamiento, rechazo o menosprecio público, notorio y explícito de ninguna persona en atención a su sexualidad».
El presidente de HazteOir.org, Ignacio Arsuaga, considera que “la Justicia vuelve a darnos la razón. Se constata nuevamente que las sanciones administrativas impuestas por muchos ayuntamientos y gobiernos autonómicos se basan en motivos ideológicos y pretender silenciar a quienes disienten del pensamiento progresista, de lo políticamente correcto y de los dictados de los grupos LGTBI”.
“La sentencia es una nueva muestra de cómo el disidente es perseguido por determinadas administraciones en un intento por censurar las voces incómodas. HazteOir.org seguirá defendiendo el derecho de los padres a educar a sus hijos según sus valores frente a los grupos LGTBI y a la pretensión del Estado de arrogarse esa labor”, afirma Arsuaga.
“Los ayuntamientos y algunas administraciones usan las sanciones como herramientas de censura y represión ideológica. Nosotros lo comprobamos con el autobús naranja en 2017 y lo hemos vuelto a comprobar en 2019. El lema ‘Los niños tienen pene y las niñas tienen vulva. Lo dice la biología’ es la expresión de un hecho científico y, por lo tanto, no puede ni debe ser sancionado”, cocluye Arsuaga.
Acoso al autobús
El 1 de diciembre de 2017 tuvo lugar la vista oral contra la única persona identificada por los actos de acoso y violencia sufridos por el presidente de HazteOir.org, Ignacio Arsuaga, a quien se le insultó, además de recibir ketchup y escupitajos.
En el juzgado número 3 de Sant Feliú de Llobregat, M.P.P. reconoció los hechos, incluido el lanzamiento de un huevo contra Arsuaga. A la vista del reconocimiento de los hechos, Arsuaga decidió retirar la querella en el caso de que la persona acusada y confesa, además pidiera disculpas, puesto que su interés sólo era que se reconociera que sufrió coacciones y no busca perjudicar a ninguna persona en concreto. Así sucedió.
Más apoyos judiciales al primer Autobús de HazteOir.org
La resolución dictada esta semana a favor de HazteOir.org no es la primera en este sentido que apoya los mensajes de la campaña emprendida en 2017 por la entidad para denunciar la vulneración del derecho a la libertad de educación y a la libertad de expresión que representan las leyes LGTBI aprobadas en diversas Comunidades Autónomas.
La Audiencia Provincial de Madrid reconoció en julio de 2017 que la inmovilización del autobús por órdenes de un juzgado de instrucción de Madrid era contraria a derecho y decretó el elvantamiento de tal medida cautelar.
Del mismo modo, el Juzgado deInstrucción número 3 de Madrid desestimó la denuncia de la sección especial de delitos de odio de la Fiscalía Provincial de Madrid al considerar que «no existen motivos suficientes para considerar la perpetración de un delito del art. 510,2 del Código Penal».
Por otro lado, el Juzgado de Instrucción número 46 de Madrid archivó una denuncia interpuesta por la Confederación de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales COLEGAS contra el libro ‘¿Sabes lo que quieren enseñarle a tu hijo en el colegio? Las leyes de adoctrinamiento sexual”.