Los vientres de alquiler suponen un problema legal.
Los vientres de alquiler suponen un problema legal.

El Comité de Bioética de España ha acordado por unanimidad aprobar un Informe sobre los aspectos éticos y jurídicos de los vientres de alquiler, elaborado a iniciativa del propio Comité, dada la preocupación que suscitaba a sus miembros el debate presente en la opinión pública y el deseo de muchas instituciones de legalizarlos.

Como se pone de manifiesta al inicio del informe del  Comite Bioetica sobre vientres de alquiler, la maternidad subrogada es uno de los temas bioéticos más controvertidos del momento por su carácter disruptivo sobre el modo en que la procreación humana, y las consecuentes relaciones de maternidad y filiación.

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Estas han sido entendidas y reguladas hasta la actualidad, planteándose por primera vez en la historia la posibilidad de disociar la gestación de la maternidad. Ciertamente, no es un fenómeno nuevo, los primeros casos tuvieron lugar hace más de cuarenta años.

Sin embargo, durante mucho tiempo tuvo un alcance limitado, no siendo hasta los últimos quince años cuando la práctica se ha extendido y, sobre todo, se ha internacionalizado. Los medios de comunicación se han venido haciendo eco de informaciones que han atraído la atención de la opinión pública, generando gran repercusión mediática los casos de personajes famosos que han recurrido a este medio para ser padres.

¿Se puede pretender que las leyes aprobadas en España tengan verdadera eficacia?

En líneas generales, como se expone detalladamente en el Informe, son dos los principales problemas jurídicos que se plantean en España. El primero tiene que ver con el hecho de que la maternidad subrogada sea contraria a la ley nacional y, sin embargo, muchos españoles consigan ser padres recurriendo a ella en otros países donde es legal.

¿Se puede pretender que las leyes aprobadas en España tengan verdadera eficacia y que no solo sean de aplicación para quienes, por carecer de recursos y de temeridad, no pueden sortearlas en el extranjero? Hay otros ámbitos en los que los hechos son perseguibles, incluso penalmente, aunque se realicen en el extranjero (véase, la compra de órganos humanos).

El otro problema tiene que ver con que existe una nueva vida humana por cuyo interés el Derecho tiene que velar. Un aspecto esencial de ese interés consiste en reconocerle una filiación legal.

Y de ahí surge la segunda cuestión: ¿se debe reconocer a los padres comitentes la filiación legal del hijo concebido por encargo, aunque se reconozca la ilegalidad del proceso, o resulta más coherente no reconocerla para desincentivar que sea un medio de conseguir lo que legalmente está prohibido?

Hay muchos políticos que se han mostrado a favor, como las populares Cristina Cifuentes o Esperanza Aguirre, pero otros lo han hecho en contra, como Pedro Sánchez.

Si bien el deseo de una persona de tener un hijo constituye una noble decisión, ello no puede realizarse a costa de los derechos de otras personas

En el informe del Comité se exponen los principios y razones que consideran fundamentales a la hora de sustentar una posición coherente sobre esta práctica, abordándose el dilema de si la legislación española vigente debería reformarse para permitir los vientres de alquiler en determinadas condiciones o, más bien, debería mantenerse tal como está y adoptar medidas para reforzar su eficacia.

El Comité considera que, si bien el deseo de una persona de tener un hijo constituye una noble decisión, ello no puede realizarse a costa de los derechos de otras personas. La mayoría de esta asociación entiende que todo contrato de gestación por sustitución, lucrativo o altruista, entraña una explotación de la mujer y un daño a los intereses superiores del menor y, por tanto, no puede aceptarse por principio.

Otros miembros del Comité, aunque aceptan en línea de principio que esta práctica podría regularse de modo que compaginara la satisfacción de dicho deseo con la garantía de los derechos e intereses de los otros, no alcanzan a ver la fórmula de hacerlo en el contexto actual.

Las propuestas regulatorias que se manejan y las experiencias de otros países son claramente deficientes en la tutela de la dignidad y derechos de la gestante y del menor. En atención a la naturaleza y funciones del CBE, no le corresponde traducir su parecer en una concreta propuesta de reforma legal, pero sí, ofrecer algunos criterios que orienten aquélla, y, entre estos, destacaríamos tres fundamentales:

1. Dotar de verdadera eficacia legal a la nulidad de esos contratos, de manera que resulte aplicable también a los celebrados en el extranjero, para lo que podría considerarse la posibilidad, entre otras medidas legales, de sancionar a las agencias que se dedicaran a esta actividad.

2. Promover a nivel internacional un marco común regulatorio que prohíba la celebración de contratos de gestación, en garantía de la dignidad de la mujer y del niño.

3. Asegurar una transición segura que evite que queden desprotegidos los niños resultantes de los procesos de maternidad subrogada internacional en los que pueden estar inmersos actualmente varios españoles. Para ello puede garantizarse que su filiación en el extranjero se realice conforme a la doctrina establecida por el Tribunal Supremo.

Historia del Comité

El Comité de Bioética de España fue creado en 2007 como un «órgano colegiado, independiente y de carácter consultivo, que desarrollará sus funciones, con plena transparencia, sobre materias relacionadas con las implicaciones éticas y sociales de la Biomedicina y Ciencias de la Salud», según reza en su página web.

Tiene la misión de emitir informes, propuestas y recomendaciones para los poderes públicos de ámbito estatal y autonómico sobre materias relacionadas con las implicaciones éticas y sociales de la Biomedicina y Ciencias de la Salud.

Asimismo, se le asignan las funciones de establecer los principios generales para la elaboración de códigos de buenas prácticas de investigación científica y la de representar a España en los foros y organismos supranacionales e internacionales implicados en la bioética.

Natalia LópezMoratalla, Nicolás Jouve, José Miguel Serrano y Federico de Montalvo forman parte del Comité de Bioética de España
Natalia LópezMoratalla, Nicolás Jouve, José Miguel Serrano y Federico de Montalvo forman parte del Comité de Bioética de España

En estos momentos está presidido por la directora de la Cátedra Extraordinaria de Políticas de Familia en la Universidad Complutense, María Teresa López y su vicepresidente es el prestigioso abogado especialista en derecho sanitario Federico de Montalvo.

Entre sus vocales, destacan el colaborador de Actuall Nicolás Jouve de la Barreda, catedrático de Genética; César Nombela, rector de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo; Natalia López Moratalla, presidenta de la Asociación Española de Bioética y Ética Médica; y el doctor en Derecho especialista en Filosofía del Derecho, José Miguel Serrano Ruiz-Calderón.

Asimismo, completan la nómina de miembros del Comité Victoria Ureña Viladrel, médico especialista en inmunología y calidad asistencial; Carlos Romero, catedrático de Derecho Penal; Pablo Ignacio Fernández, director del Hospital Universitario Central de Asturias; Manuel de los Reyes, primer Presidente de la Asociación de Bioética Fundamental y Clínica (1994-2005); Fidel Cadena, fiscal de Sala del Tribunal Supremo; el doctor en Derecho, Vicente Bellver; y el doctor en Ciencias, licenciado en Filosofía e investigador del CSIC, Carlos Alonso Bedate.

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