La ‘Manada’, por Mario Walgode

    La versión de los hechos, tal y como narra la sentencia y la denunciante, nos debería suscitar serias dudas razonables. Hay muchos cambios entre unos testimonios y otros.

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    Los cinco intregrantes de 'la Manada'.
    Los cinco intregrantes de 'la Manada'.

    Es casi imposible ponerse en la piel de una madre cuya hija acaba de denunciar una violación. Pienso en la sensación de angustia, impotencia, las ganas de gritar y llorar mientras intenta ser fuerte para ayudar a quien lo necesita más, su hija, tras ver cómo aquélla niña que ha ido creciendo a su lado ha sido víctima de uno de los crímenes que despierta más repugnancia social. Por eso, no me puede parecer más repulsivo ver cómo alguno aprovechados pretender sacar rédito político del sufrimiento y dolor de esta joven y el de su familia, que están siendo usadas cual pancartas humanas a merced de poderes varios.

    Dicho esto, estimo relevante también llamar la atención sobre la misión de la administración de justicia. Y es que muchas veces se olvida que en la búsqueda de la verdad judicial, o lo más parecido a ella, nuestra sociedad ha estimado oportuno establecer un sistema en el que los principios de legalidad, la tutela judicial efectiva –esto es, el derecho a un juez predeterminado por la ley, y sin posibilidad de que el ministro de turno mande vetar a los que no sean de su agrado– , o el principio de culpabilidad –el que no se condene la personalidad o incluso acciones pasadas por mucho que nos repugnen, sino conductas y hechos probados-,  hacen que la ciencia jurídica tenga que ser cautelosa a la hora de valorar las pruebas que corroboren los hechos probados, y sobre ellos, estimar si ha existido una conducta penada por leyes anteriores a la comisión del delito.

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    Como pueden ver, la tarea de un jurista es complicada porque tiene que separarse de los sentimientos para entrar en el quirófano jurídico en el que se intentará realizar una operación milimétrica con el objetivo de determinar lo ocurrido y comprobar si la versión de los hechos de los testigos y las distintas pruebas periciales pueden formar un puzle que tenga cierto sentido, “más allá de toda duda razonable”. Es lo que yo intentaré, desde la humildad, realizar a continuación.

    La versión de los hechos, tal y como narra la sentencia y la denunciante, nos debería suscitar serias dudas razonables

    A partir de ahora, le recomiendo que, si no es un enamorado de la verdad como yo, deje de leer este artículo, pues tras estudiar la ya famosa sentencia –y voto particular- de La Manada he encontrado incongruencias que no sostienen la versión oficial de los partidos políticos o los medios mayoritarios de comunicación o la masa poblacional creciente que prefiere intuir y prejuzgar a hacer preguntas e ir a la fuente de información más fiable para luego aplicar la lógica. Veamos por qué creo que la versión de los hechos, tal y como narra la sentencia y la denunciante, nos debería suscitar serias dudas razonables, lo que no significa necesariamente que crea que los ya condenados no sean culpables, lo que explicaré en las conclusiones de este artículo, si soy capaz de captar su atención.

    Estudiemos por partes, las claves de la versión admitida por la sentencia.

    ¿Por qué se levanta del banco donde estaba sentada con los acusados y a dónde se dirigen?

    La víctima ha mantenido que se sentó en un banco donde ya estaba uno de los condenados porque perdió de vista a unos conocidos, tras lo cual llegó el resto del grupo de jóvenes. Tras una conversación sobre fiestas, ciudades de origen y fútbol, ella recibe una llamada de un amigo que, estando en la misma plaza que ella, quiere verle, pero debido al “ruido”, deciden posponer el encuentro hasta la “hora de los encierros”. Tras creer imposible reencontrarse con sus conocidos, decide irse al coche a dormir. Los jóvenes deciden acompañarla en el camino para lo que deciden irse por “una calle muy grande y luego girar”.

    Incongruencias que podría sembrar una duda razonable en el lector:

    • La chica conocía la ruta más directa al coche, pues la había realizado tres veces ese mismo día, pero, según consta en un video que capturó la escena, fue uno de los chicos quien apuntó con su dedo otra dirección que todos siguieron sin rechistar. También se captó cómo se pararon en el Bar Txoko, aunque la denunciante “no lo recuerda” y cómo tras pasar por los porches de la Plaza del Castillo, toman una calle muy estrecha y corta –no una grande- en dirección a Hotel Europa.
    • En lo relativo a la imposibilidad de encontrarse con sus conocidos, la denunciante declaró ante el Fiscal que “estaba esperando a ver si les veía o me contestaban al Whatsapp” y que “sí” usó el Whatsapp. La siguiente pregunta que se hará el lector inteligente es si no le fue posible quedar con el amigo que le llamó por Whatsapp, o el ruido también se lo impedía, a lo que respondió que “en ese momento no recuerdo intercambiar con él mensajes que pude que si, pero no lo recuerdo”, lo que, aplicando la más mínima lógica indica que en realidad no tenía intención de quedar con dicho amigo y que usó la llamada para retrasar el encuentro. Lo cierto es que el amigo sí que envió un mensaje que nunca recibió respuesta.

    ¿Qué pasó en el hotel Europa?

    Para quien no esté familiarizado con la versión de los hechos, el siguiente alto en el camino fue el Hotel Europa, donde, según afirma ella en la denuncia, el grupo de amigos se quedó dentro del hotel preguntando pero ella se quedó fuera porque estaba fumando. En el juicio, cambió la versión de los hechoslo que la sentencia llama repetidamente matizaciones pero que a mi juicio son retractaciones en toda regla que debería hacer que el relato de la víctima perdiera consistencia- para afirmar que: “yo lo que recuerdo es que ellos como que subieron unas escaleras hacia un portal y ahí había alguien del hotel”. Poco después, modifica la versión para declarar: “no es que ellos entren en el hotel (…) sino que es en la misma puerta del hotel donde hay un hombre y dice, … y le preguntan habitación, o sea yo no lo oí, yo estaba más hacia atrás, yo cuando llegué, uno de ellos, estaba ya diciendo un número y un nombre”.

    Estamos ante un cambio radical de la versión, y no una matización o puntualización como sostienen los jueces

    Estudiemos las dudas que este relato puede generar: 

    • Resulta extraño que una persona que se dirige a su coche para dormir tome un camino más largo sólo porque se lo dicen unos extraños en los que no confía, se pare con ellos en un bar y unos soportales, y les espere mientras piden una habitación en un hotel.
    • En el mundo jurídico, la retractación de un testigo, no una, sino dos veces, debería restar peso a la credibilidad del mismo.
    • Aunque las declaraciones de la denunciante siempre han ido encaminadas a esconder el hecho de que escuchó la conversación entre el grupo de jóvenes y el trabajador del hotel, lo cierto es que conocía casi todo su contenido. Esto es, que “había una lista de clientes y ellos no estaban en la misma” y que escuchó un “nombre y un número” (falsos, con los que intentaron entrar). El vigilante aseguró que tras solicitar una habitación “para follar”, les recomendó que se encaminaran al hotel Leyre. Lo curioso es que ella confundió el hotel Europa con el Leyre, algo que llama la atención para alguien que no conoce la ciudad. Esto nos deja en la incómoda duda de si no podría también haber escuchado lo que el vigilante declaró, esto es, que le pidieron una habitación “para follar”.

    ¿Cómo entraron en el portal donde se desarrollaron los hechos?

    De nuevo, estamos ante un cambio radical de la versión, y no una matización o puntualización como sostienen los jueces. Apelo a su inteligencia, pese a que, para ello, nos tengamos que enfrentar a la condena pública del Ministro de la Verdad y la Cordura, el señor Catalá.

    Durante su declaración ante la Policía Municipal, la supuesta víctima afirmó que “dos de los acusados le habían agarrado por los brazos”, que “intentó zafarse de ambos, pero no pudo”, que “no podía gritar” porque el chico “del reloj le había tapado la boca continuamente”, que al entrar, le han “rodeado y tirado al suelo”, que no recuerda si la penetración fue anal o vaginal  y finalmente, que La Manada huyó “corriendo”. Esta versión fue corroborada en sede judicial al día siguiente.

    Y de nuevo, incongruencias, pues durante el juicio oral, la declaración fue sometida a un giro de ciento ochenta grados. Ahora resulta que estaba ya dándole la mano a uno de los chicos con los que estaba besándose en la calle  que, junto con otro, le introdujeron en el portal pero “no con mucha fuerza”  para continuar dejando claro que “no recuerdo que tiraran de mi en ese momento”, y pensó que creía que entraban para “fumar un porro” –lo que indica que no temía por su integridad física en ese instante-. Además, en realidad sólo le dijeron “silencio”, llevándose el dedo índice a la boca. Afirma sin problema alguno que no se resistió, no chilló, no le taparon la boca ni le tiraron al suelo.

    Entonces, ¿consintió las relaciones sexuales o no?

    Pues bien, estarán de acuerdo conmigo en que determinar algo tan personal como el consentimiento en un momento concreto es harto complicado por muchos factores, entre los que se encuentra el grado de alcohol en sangre de la denunciante.

    No obstante, creo necesario resumir las pruebas en las que se basa la condena para que sea usted mismo quien decida si está conforme con la armonía e infalibilidad de los hechos que se entienden probados en la sentencia mayoritaria:

    • La víctima afirma que en ningún momento se opuso a las relaciones sexuales abiertamente pero que tampoco fueron consentidas porque entró en un estado de “shock”.
    • En los videos de 96 segundos que se grabaron, pese a que ella afirmó que no tomó parte activa en las relaciones, lo cierto es que se ve claramente como, sin que nadie se lo pida, empieza a realizar actos masturbatorios a uno de los acusados, a lo que respondió en el juicio oral que lo hizo por “instinto”. Mucho menos atrevido que lo que afirmaron los policías que analizaron el video, que se atrevieron a aventurar que lo mismo lo hizo para no perder el “equilibrio”, lo que no merece la pena comentar. La sentencia incurre en un posible error al entender que se escuchan “gritos que reflejan dolor”, cuando la víctima ha negado que sintiera dolor de ningún tipo.
    • El Sr. Tejeira, perito, declaró que una de las conductas normales cuando se alcanzan los 1.32 g/l de alcohol es la “desinhibición”, que puede ser “sexual”. Asimismo, a la pregunta de si es habitual que una persona no acostumbrada a ello y que no esté prestando consentimiento salga sin lesiones de varias penetraciones anales, la respuesta del citado perito fue que “salvo que haya una lubricación (…) es más razonable que haya lesiones”, lo que la inspección médica no encontró en ningún momento.

    Conclusión

    Lejos de pretender conocer toda la verdad de los hechos, algo que sólo la denunciante, suponiendo que sus recuerdos son nítidos, sabrá, lo cierto es que con este humilde artículo lo que pretendo poner de manifiesto es que según el propio testimonio de la víctima es imposible sostener que estemos ante un caso de agresión sexual –con agresión o intimidación, por mucho que así lo crea nuestra querida Carmena-, amén de llamar la atención sobre las dudas razonables que me hacen creer que estamos ante un caso en el que la acusación tendría que haberse centrado más en la capacidad que tuvo la víctima para consentir libremente con una tasa de alcohol en sangre considerable y no en construir un relato que la propia víctima no fue capaz de sostener de forma congruente.

    Me gustaría despedirme de usted pidiéndole disculpas por la extensión de este somero análisis y llamando la atención sobre la importancia que supone la existencia de un poder judicial independiente que no se dedique a quemar en la hoguera a aquél cuya crucifixión pida el pueblo con más ahínco, sino a tomar decisiones sosegadas fruto de un estudio que, si bien a veces lento, suele ser acertado. Recordemos que el daño al crédito de las instituciones no hace más que allanar el camino a los populistas y dictadores, que lo utilizan para legislar con el objetivo de devolver el poder judicial al “pueblo”, lo cual, obviamente suele terminar con un control férreo de la justicia por parte de los representantes del mismo “pueblo”. Espero se den cuenta del macabro juego magistral y de que en este tipo de estrategias el primer paso es poner el foco en casos desgraciados como el que nos ocupa para exprimir ese dolor como si de una naranja se tratara. Si quieren conocer quienes quieren desayunarse el jugo de este cítrico sólo hace falta que se lea –y escuche- las propuestas en materia de justicia en las próximas elecciones generales. Usted, entonces, podrá quitarles la careta.

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