Colombia / Objeciones al marco legal de la Justicia Especial para la Paz

    Las objeciones no buscan torpedear el proceso de paz y están dentro de las facultades constitucionales del presidente Duque. En estas próximas semanas se podrá vislumbrar quién gana y quién pierde en esta fuerte lucha por la paz con verdad, justicia, reparación y no repetición.

    0
    Manifestantes favorables a la Justicia Especial para la Paz en Colombia que cuestiona el presidente Iván Duque. /EFE
    Manifestantes favorables a la Justicia Especial para la Paz en Colombia que cuestiona el presidente Iván Duque. /EFE

    Se ha desatado una gran polémica por las objeciones por inconveniencia que el presidente Duque ha hecho a la ley que regirá la Justicia Especial para la Paz (JEP) con motivo de la emisión de esta por el congreso de la república

    La JEP es un modelo que aplica la cuestionada justicia transicional que se viene ejecutando en el proceso de paz en Colombia. Proceso que fue negado por un plebiscito y que sin embargo se impuso por el entonces presidente Santos.

    Algunas personas creen que La Sexta da información.

    Suscríbete a Actuall y así no caerás nunca en la tentación.

    Suscríbete ahora

    Las objeciones de Duque se hacen en 6 de los 159 artículos que contiene la ley.

    No esta de acuerdo por inconveniente con el articulo 7 por que no establece la obligación de los victimarios de reparar a sus víctimas. Igualmente lo hace con el articulo 63 por limitar la capacidad del alto comisionado de paz que es el delegado del presidente para verificar la lista de los que se incluyen en el proceso de paz, causando un grave peligro pues ya se han detectado decenas de narcotraficantes no miembros de las FARC que se están colando en el proceso y que si se mantiene el articulo como esta no podrían ser excluidas por el alto comisionado.

    Objeta también el articulo 69 que no precisa en qué casos los delitos cometidos deben pasar de la justicia ordinaria a la JEP y viceversa, generando confusión y posible impunidad.

    Sin embargo se ha generado una tormenta política de todos los opositores y curiosamente se ha desatado al mismo tiempo protestas de indígenas

    El articulo 19 en su parágrafo 2 también es objetado pues es inconveniente que los responsables de delitos atroces y de lesa humanidad queden por fuera de la justicia penal a nivel nacional e internacional.

    El artículo 150 dice que es inconveniente que la JEP pida y practique pruebas para los procesos de solicitud de extradición ya que según los acuerdos internacionales estos deben ser juzgados en el país al que se extradita y no por Colombia pues no procede un doble juicio.

    Y finalmente el articulo 153 es objetado por inconveniente ya que condiciona la extradición a que el delincuente primero ofrezca la verdad en el país, pero no precisa términos, lo que puede volver el proceso eterno y al final imposible.

    Las objeciones, como se ve, no buscan torpedear el proceso de paz y están dentro de las facultades constitucionales del presidente. La ley debe volver a discusión entonces al Congreso para definir si se aceptan o no las objeciones.

    Lo anterior es normal y esta dentro de los cauces constitucionales. Sin embargo se ha generado una tormenta política de todos los opositores y curiosamente se ha desatado al mismo tiempo protestas de indígenas en el sur de Colombia con bloqueo de carreteras que ya completan 10 días generando graves problemas de comunicación y abastecimiento en las ciudades bloqueadas. Los indígenas reclaman el cumplimiento de acuerdos que el gobierno Santos firmo irresponsablemente.

    ¿Sera que la izquierda le está cobrando al presidente Duque su apoyo a la lucha por la democracia y la libertad del pueblo venezolano?

    Seguramente en las discusiones de estas próximas semanas quedara más claro el fondo del asunto y se podrá vislumbrar quién gana y quién pierde en esta fuerte lucha por la paz con verdad, justicia, reparación y no repetición.

    Comentarios

    Comentarios