Educación, ¿derecho y deber de los padres?

    El deber derecho de los padres es anterior al Estado. Es decir, es un derecho que existe y que el Estado puede, o no, respetar. ¿En qué ha quedado este derecho-deber de los padres respecto a la educación de sus hijos en España hoy?

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    La Plataforma por la Libertad de Enseñanza, la Federación Católica de Asociaciones de Padres de Alumnos y el sindicato USO celebran una manifestación en 2017 contra la supresión de los conciertos educativos en Primero de Bachillerato /EFE -Kai Försterling
    La Plataforma por la Libertad de Enseñanza, la Federación Católica de Asociaciones de Padres de Alumnos y el sindicato USO celebran una manifestación en 2017 contra la supresión de los conciertos educativos en Primero de Bachillerato /EFE -Kai Försterling

    Comenzamos el mes de septiembre. Mes para algunos padres liberador porque, a pesar de comenzar el trabajo, sus hijos vuelven a la rutina de los colegios, mientras que, para otros, es agotador por todo lo que dicho comienzo supone.

    Por ello es quizás un buen momento para meditar sobre la educación. Desde siempre se ha considerado que la educación es un deber, y por tanto un derecho, de los padres.

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    De forma similar al deber de alimentar el cuerpo, los padres tienen el deber de alimentar la cabeza, la intelectualidad de sus hijos. Este paralelismo que he establecido me sirve para señalar desde el principio del artículo la cuestión que quiero plantear. Si es del todo absurdo que el Estado a través de la ley se involucre en detallar hasta lo más mínimo el régimen alimenticio que un padre puede dar a sus hijos, ¿por qué aceptamos sin rechistar que lo haga con la cabeza y las ideas de nuestros pequeños?

    El deber derecho de los padres es anterior al Estado. Es decir, es un derecho que existe y que el Estado puede, o no, respetar. No es el Estado el que le otorga o regala a los padres el derecho a educar a sus hijos sino que es la misma naturaleza, en definitiva el Creador, el que otorga a los progenitores, el deber y por tanto el derecho de decidir la formación y educación de sus descendientes directos.

    La legislación positiva ha venido a reconocer esta situación, si bien es cierto que el llamado consenso político ha relativizado tal recepción:

    Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos (art. 26.3 de la Declaración Universal).

    Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones (art. 27.3 Constitución Española).

    Pues bien, ¿en qué ha quedado este derecho-deber de los padres respecto a la educación de sus hijos en España hoy?

    Dependiendo de la mayor o menor aversión a la libertad del Gobierno de turno, concertará más o menos colegios

    1.- Elección de colegio

    Un padre no puede elegir el colegio que quiere para sus hijos salvo que su situación económica le permita pagar un colegio sostenido al 100% con fondos privados. En otro caso, debe someterse a la petición de plaza programada no por la libre voluntad de las familias sino del planificador, en nuestro caso las Comunidades Autónomas.

    Si el deber y el derecho corresponde a los padres, parece lógico que, si esos mismos padres pagan con sus impuestos la educación, debieran ser ellos los que eligieran el colegio de sus hijos. Si esto fuera así la financiación seguiría a la elección. Los colegios elegidos por los padres serían los financiados. Pero no es así.

    Es la Comunidad Autónoma la que decide qué colegios concierta y el importe. Dependiendo de la mayor o menor aversión a la libertad del Gobierno de turno, concertará más o menos colegios.

    Colegios que por otra parte tendrán su demanda casi garantizada por lo que los padres poco podrán hacer pues el Colegio ni siquiera recibe fondos por cada plaza sino por el modulo, para entendernos, por la clase en su conjunto, por lo que un alumno más o menos poco importa.

    En definitiva, la elección del padre poco de importancia tiene para decidir la planificación de colegios.

    No entro en si además esa financiación es insuficiente e injusta (por alejarse de lo que recibe un centro estatal) y exige un apoyo adicional económico de las familias para hacer al Colegio viable.

    2.- Elección del plan de estudios

    Un padre no puede elegir (ni tampoco el colegio) el plan de estudios, el horario lectivo y ahora hasta los profesores. En base a la ley de igualdad y similares se quiere coaccionar a los colegios para que no discriminen a los profesores en función de que comulguen o no con el propio ideario del Centro que les contrata.

    ¿Por qué debemos estudiar todos lo mismo? Quizás haya padres que entiendan que es más importante el peso de los idiomas; otros considerarán que es más necesaria sobre todo hoy en día una formación más humanista; habrá quienes defiendan la necesidad de hacer hincapié en todas las asignaturas en la faceta tecnológica; otros indicarán la necesidad de prepararles para la vida laboral; los que quieren deberes y lo que no; los que quieren más horas en catalán u otra lengua española hablada en alguna región o más horas en español… etc.

    Para la mayor parte de la sociedad no hay alternativa al carecer de medios económicos para optar por una educación de las llamadas privadas

    No se trata de llegar al extremo que cada quien decida anárquicamente. Es bueno que el Estado, al servicio del bien común de la sociedad, determine los requisitos mínimos que todo estudiante debe cumplir al acabar sus etapas en Primaria, Secundaria y Bachillerato. Pero para alcanzar esos mínimos puede haber distintos caminos. Y alcanzados los mínimos, cada Colegio, elegido a su vez libremente por los padres, debiera organizarse para ofrecer la educación querida por los padres.

    De esta manera se conseguiría una mayor involucración de los padres en la educación de sus hijos. Porque esa educación dependería de la elección que ellos hicieran. No sería una imposición al estilo de las lentejas, o las tomas o las dejas. Agravada dicha imposición porque para la mayor parte de la sociedad no hay alternativa al carecer de medios económicos para optar por una educación de las llamadas privadas.

    Por último, una breve reflexión sobre la educación en casa. Sin entrar con profundidad en este debate, ¿cómo puede negarse a los padres que quieren involucrarse al 100% en la educación de sus hijos atendiéndoles en casa tal posibilidad? Bueno será que tengan que pasar, al igual que el resto de alumnos, exámenes que verifiquen que adquieren las habilidades mínimas, pero debe respetarse siempre a unos padres que quieren dedicarse a lo mejor que tienen, sus propios hijos, si se sienten capacitados para ello y así lo demuestran.

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