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Se acabó la polémica por la educación diferenciada: el Tribunal Constitucional la avala

La educación diferenciada no es anticonstitucional.

La educación diferenciada no es anticonstitucional.

La duda pesaba en el ambiente. La posibilidad de que se eliminara la educación diferenciada no era del todo descabellada si tenemos en cuenta el giro que están tomando los acontecimientos en materia de Educación y de libertades fundamentales en los últimos tiempos.

El mismo ministro de Educación, Cultura y Deporte, Íñigo Méndez de Vigo, señalaba antes del fallo que “no es segregación” y ha apoyado los colegios diferenciados en la Convención de la UNESCO. Según su artículo 2, “no será considerada como constitutiva de discriminación la creación o el mantenimiento de sistemas o establecimientos de enseñanza separados para los alumnos de sexo masculino y femenino”.

Son muchos los países donde esta educación existe: Francia, Alemania, Suecia, Holanda, Reino Unido, Irlanda, EEUU, Australia y Nueva Zelanda. En nuestro país, 45.000 alumnos se acogen a este tipo de enseñanza.

La impugnación socialista

El PSOE quiere acabar con los últimos flecos de la Ley para la Mejora de la Calidad Educativa, conocida como ley Wert, y la impugnó por varios aspectos: por permitir la educación diferenciada por sexos y avalar que se financie públicamente, por restar poder a los consejos escolares y dar más a los directores, por establecer la asignatura de religión como evaluable, por establecer unos itinerarios educativos para la enseñanza secundaria y por permitir que centros con especificación curricular puedan condicionar la admisión al rendimiento (igualar por abajo, la obsesión socialista).

No existen datos que certifiquen que esta educación no esté inspirada en el respeto a los principios democráticos

El fallo los rechaza señalando que los convenios internacionales sobre la materia –como el de la UNESCO y Naciones Unidas- descartan el carácter discriminatorio del modelo de educación diferenciada y que también lo aplican otros países.

El TC lo que está señalando no es la idoneidad de esta educación sino su legalidad. Además, estos centros son los únicos obligados por ley a explicar en su proyecto educativo “las medidas académicas que desarrollan para favorecer la igualdad”.

Tampoco hay ningún dato que certifique que esta educación no esté inspirada en el respeto a los principios democráticos y a los derechos fundamentales.

Mientras que el presidente de la Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE) señala que la enseñanza de este tipo es favorable a la “pluralidad de la escuela” y que “reconocer derechos y libertades es algo positivo para la pluralidad del sistema educativo y lo que corresponde a una sociedad moderna”, la Confederación Española de Asociaciones de Padres y Madres del Alumnado (CEAPA) cree que es “muy negativo” para el sistema educativo y “un paso atrás” en la lucha por la igualdad entre hombres y mujeres.

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