Podemos presentó en mayo de 2017 una proposición de ley contra la discriminación por orientación sexual, identidad o expresión de género y características sexuales, y de igualdad social de lesbianas, gais, bisexuales, transexuales, transgénero e intersexuales. Aunque seguro que se acaba ampliando a más géneros -hasta los más de 130 reconocidos ante la ONU hay recorrido-.
Esta proposición de ley es la que se ha conocido como Ley Mordaza LGTBI -aquellos que protestaban contra la Ley Mordaza del Gobierno, proponen otra ley, pero esta vez temática-.
Algunas personas creen que La Sexta da información.
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Suscríbete ahoraTras muchos meses se reactivó el proceso parlamentario con la enmienda a la totalidad que presentó el Partido Popular -que fue rechazada-, y se presentaron enmiendas parciales por parte de los partidos del Hemiciclo.
Uno de los aspectos que llamaron la atención era que el propio Podemos -junto a su marcas blancas- presentaron 13 enmiendas a su propia proposición de ley. Quizás no deja de ser el uso aunque es llamativo: o no pensaron bien lo que querían proponer, con el peligro que supone que se pueda legislar si pensar lo que se legisla; o se han dado cuenta de que la denominación Ley Mordaza LGTBI está bien puesta y han tenido que echar el freno, aunque sólo sea parcialmente.
«El régimen (sancionador) se basa en el respeto a los derechos fundamentales, como la libertad de expresión y la libertad de conciencia» enmiendan los neocomunistas
De todo el cuerpo de la ley, exceptuando una primera enmienda que introduce tres párrafos a la exposición de motivos, el resto de cambios son del régimen de sanciones e infracciones -lo que es también significativo-.
De la primera enmienda destaca que introduzcan que «el régimen (sancionador) se basa en el respeto a los derechos fundamentales, como la libertad de expresión y la libertad de conciencia«. Quizás han visto las orejas al burro y se han dado cuenta de que su proposición de ley, en su redacción primera se cargaba algunos de los derechos fundamentales como son lo de expresión y de conciencia, y se convertiría en una auténtica mordaza propia de regímenes totalitarios como Cuba.
A partir de ahí, las infracciones y sanciones copan sus cambios. Rebajan las cuantías de la multas, corrigen qué tipos de acciones ameritan ser consideradas leves, graves o muy graves, eliminan la reincidencia… Pero dos aspectos llaman la atención.
Por un lado, elimina como responsables de las infracciones a los jefes de quienes cometan las infracciones. Es decir, que Podemos quería culpar, por ejemplo, al dueño de un restaurante por una infracción de un camarero.
La primera proposición de ley te transporta al régimen nazi y la noche de la Quema de libros en Berlín en 1933, o a cualquier régimen comunista
Por otro lado, elimina uno de los aspectos más totalitarios de esta proposición de ley que se encontraba en el artículo 96, apartado 4: «Ante cualquier infracción, cualquiera que sea su naturaleza, se procederá al decomiso y destrucción, borrado o inutilización de libros, archivos, documentos, artículos y cualquier clase de soporte objeto de las infracciones administrativas contempladas en la presente Ley». Uno lee esto y su mente le transporta al régimen nazi y la noche de la Quema de libros en Berlín en 1933, o a cualquier régimen comunista.
Si ya de por sí la proposición de ley eliminaba de un plumazo la igualdad ante la ley y se posiciona en favor de un determinado grupo de presión y descartaba la libertad de expresión y de conciencia -aunque han tenido que rectificar ante la deriva autoritaria y anticonstitucional-, también amenazaba con la quema de todo aquello que contradiga la posición dominante -y quién sabe cuánto tardarían en ser quemados en la hoguera no las obras sino los autores.
Pero esta revisión no deja de ser un maquillaje a una ley que presenta graves problemas básicos como la patria potestad de los padres o los ataques a los menores. Un folleto editado por HazteOir.org explica claramente los problemas de esta proposición de ley.