Miembros de la banda terrorista ETA.

Por su interés reproducimos este artículo de El Mundo sobre los crímenes de lesa humanidad de ETA:

Argentina sigue dando pasos. Su Justicia ha vuelto a reclamar a España, a la Audiencia Nacional, documentación para poder avanzar en sus pesquisas abiertas para acusar a ETA de delitos de lesa humanidad. En un escrito fechado el pasado 2 de mayo de la Cámara Criminal y Correccional Federal del Poder Judicial de la Nación argentina, reclama de nuevo a los jueces de la Audiencia Nacional toda la documentación que tengan en su poder sobre casos sin resolver.

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Esta es la segunda vez que la Justicia argentina se dirige en estos términos a la instancia judicial antiterrorista española. Y de nuevo es ante un recurso presentado por la asociación Dignidad y Justicia, presidida por Daniel Portero, que había vuelto a recurrir la denegación de la comisión rogatoria solicitada por Argentina.

El juez Alejandro Abascal respondió a Argentina que sus tribunales no pueden indagar en los crímenes de la organización terrorista ETA

La justicia del país hispanoamericano, que también invoca la justicia universal cuando trata de investigar los crímenes del franquismo, había requerido información ya a la Audiencia Nacional y esta instancia, tras recibir la comisión rogatoria, se negó a facilitarle estos datos. En concreto, el juez Alejandro Abascal, que reforzó el juzgado de Eloy Velasco durante meses, respondió a Argentina que sus tribunales no pueden indagar en los crímenes de la organización terrorista ETA porque no se cumplen los requisitos que exige la llamada justicia universal: todos los actos terroristas de la banda han sido investigados por la policía y los jueces de España y Francia.

El magistrado español rechazó completar una comisión rogatoria cursada por un juez argentino al que le correspondió atender una denuncia de la asociación de víctimas del terrorismo Dignidad y Justicia.

Esta asociación de víctimas pedía a la justicia argentina que investigara 379 asesinatos de ETA, bajo la aplicación de la justicia universal, por los delitos de lesa humanidad. Abascal explicó en su auto que la justicia universal sólo puede aplicarse cuando el Estado que ostenta la investigación no puede o no tiene la voluntad de llevarla a cabo, algo que no sucede en el caso de ETA.

El magistrado de la Audiencia Nacional recordó que la Justicia española ha agotado todas las vías «investigando y enjuiciando de forma efectiva a cientos de individuos por su participación en los crímenes atribuidos a la organización terrorista ETA».

Ahora, el escrito el tribunal argentino apunta: «Una lectura adecuada del pronunciamiento del juzgado central 6 de la ciudad de Madrid no permite llegar ‘tan fácilmente’ a esta conclusión, por cuanto dicho tribunal se ha expedido en forma ‘abstracta y general’ sobre los delitos cometidos por ETA, no brindando información concreta sobre los casos específicos, respecto de los que la querella reclama investigación judicial en Argentina».

«Todos los crímenes cometidos por ETA han sido objeto de investigación policial y judicial, bien en España, bien en Francia»

El escrito de la Justicia argentina, al que ha tenido acceso EL MUNDO, añade: «En este sentido, el juzgado español se expresa en los siguientes términos: ‘Todos los crímenes cometidos por ETA han sido objeto de investigación policial y judicial, bien en España, bien en Francia, y en la mayor parte de los casos se ha detenido, imputado, acusado y condenado a los autores partícipes de tales delitos'».

El texto emitido desde Argentina califica de «prematura» la decisión de la Audiencia de cerrar la comisión rogatoria solicitada de Argentina, «por lo que corresponde revocar la resolución apelada, debiendo el magistrado reiterar el exhorto a España».

En esta ocasión, al menos inicialmente, argentina centra su petición en todo lo referente a los asesinados de José Luis Caso y Manuel Zamarreño.

Como recuerda el escrito judicial, «ambos habrían sido amenazados con el objeto de lograr su expulsión del territorio de la comunidad vasca y asesinados ante su negativa, ello como parte de la política de persecución de ETA y en particular como consecuencia de la estrategia de «socialización del sufrimiento» implementada a partir de que la Mesa Nacional de HB [ilegalizada por su dependencia de ETA] aprobó en 1994 la Ponencia Olartzen, todo lo cual les otorgaría el carácter de delitos de lesa humanidad».

 

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