El presidente del Partido Popular ha calificado de «irregularidad electoral» las campañas informativas que HazteOir.org ha desplegado en diferentes convocatorias electorales a través de vallas publicitarias y autobuses.
Estas declaraciones de Pablo Casado contradicen al Tribunal Supremo que en el mes de julio de 2016 avaló este tipo de campañas gracias a que HazteOir.org recurrió las resoluciones en contra de la Junta Electoral impulsadas por el Partido Popular.
Segúnel Tribunal Supremo, mantener, como hacía el Partido Popular, «una equivalencia entre pedir el voto e influir en el voto puede conducir a una grave y desproporcionada restricción de derechos fundamentales durante el periodo electoral, estrangulando el debate público y convirtiendo el espacio de diálogo político en un ámbito de monopolio ocupado en exclusiva por los partidos políticos y sus candidaturas».
El Tribunal Supremo, además, decidía declarar nulos los acuerdos de 7 de mayo de 2015 de la Junta Electoral Provincial de Madrid y 13 de mayo de 2015 de la Junta Electoral Central -alentados por el Partido Popular- frente a los que HazteOir.org presentó el recurso contencioso-administrativo por el cauce del procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona.
Pese a esta sentencia, el Partido Popular intentó en procesos electorales posteriores bloquear nuevas iniciativas informativas de HazteOir.org en periodo electoral, de m,anera infructuosa, dado que la Junta Electoral correspondiente invocaba la referida Sentencia del Tribunal Supremo.
Más allá de que Casado no recordara o desconociera dicha sentencia, que el Consejo General del Poder Judicial destacó como de especial relevancia jurídica, el presidente del Partido Popular ha obviado el apoyo que desde HazteOir.org se le brindó en su carrera electoral interna para alzarse con el apoyo
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