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El TC decide por unanimidad que la resolución separatista de Cataluña es inconstitucional

Artur Mas en el Parlament / EFE

Europa Press.

El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado por unanimidad la impugnación presentada el pasado 11 de noviembre por el Gobierno y ha resuelto que la resolución independentista aprobada en el Parlamento de Cataluña, a instancias de Junts pel Sí y la CUP, para dar inicio a la ruptura con España es inconstitucional.

Con una agilidad inusitada en el órgano de garantías, el asunto fue introducido ayer en el Pleno, el primero de carácter ordinario que celebra el tribunal tras recibir el pasado viernes las alegaciones del propio Parlament, que defiende que la resolución impugnada por la Abogacía del Estado es un «acto parlamentario de naturaleza estrictamente política», por lo que no tiene los elementos necesarios para ser valorada por el TC.

La resolución sobre el fondo del asunto se produce apenas unas semanas después de que, el pasado 11 de noviembre, el TC admitiera a trámite la impugnación del Gobierno y suspendiera de forma cautelar la vigencia de la resolución.

En ese auto, el TC dio un plazo para la presentación de alegaciones y advirtió además a la presidenta del Parlamento de Cataluña, Carme Forcadell; al presidente en funciones, Artur Mas, y a otros 19 altos cargos de Cataluña de que pueden incurrir en responsabilidades, incluso de carácter penal, si incumplían su auto de suspensión. Desde entonces no se habían producido actos de incumplimiento de esta orden.

En la sentencia que se dictará ahora , el Tribunal Constitucional deberá contestar a los argumentos de los servicios jurídicos del Parlamento de Cataluña, que defendían que la resolución fue adoptada «en el ejercicio de la función del impulso de la acción política y de gobierno» y sólo puede ser valorada en ese contexto. Aún quedan pendientes de resolver los recursos de amparo presentados por PP, C’s y PSOE en el Parlament contra la forma en que se tramitó la resolución, un asunto que no ha merecido la misma premura para los magistrados del TC, que consideran que no tiene el mismo carácter prioritario.

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