El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha rechazado las querellas de Manos Limpias y UPyD contra los promotores de la resolución independentista aprobada por el Parlament el 9 de noviembre porque «no incluye una proposición a los ciudadanos para que se alcen públicamente y violentamente».
En los autos recogidos por Europa Press, la Sala Civil y Penal del TSJC responde a los dos demantantes, que acusaban de los delitos de rebelión y sedición, que los hechos no son constitutivos «de este delito ni de cualquier otro ilícito penal».
Añade el tribunal, en su respuesta a UPyD, que la resolución no va dirigida a la ciudadanía sino al Parlament, y no incluye expresiones que llamen al tumulto ni al desorden y que «la rebelión exige el empleo de la fuerza».
El TSJC sostiene que es evidente la ilegalidad e inconstitucionalidad de la resolución, como ya se pronunció el Tribunal Constitucional (TC), pero añade que la declaración no ha trascendido del ámbito parlamentario e insiste en que no se puede equiparar un acto en sede parlamentaria con alzamientos violentos, desórdenes u hostilidades.
En este sentido, lanza un mensaje a Manos Limpias y UPyD: «El Estado de Derecho tiene mecanismos suficientes para frenar, sin necesidad de acudir de primera mano a la vía penal, los planteamientos políticos que no se ajusten a los procedimientos y cauces legales y constitucionales».
En su contestación a Manos Limpias se pronuncia en parecidos términos y considera que en su querella no se narra ningún auto realizado por los querellados en el que pretendan conseguir la independencia «mediante alzamiento público, violento o tumultario, o con una actitud activa por la fuerza y estando dispuesto a su utilización de forma pública».
La fiscalía ya se había pronunciado
Las querellas se dirigían contra el expresidente de la Generalitat Artur Mas; la presidenta del Parlament, Carme Forcadell; los diputados Jordi Turull, Marta Rovira (JxSí), Anna Gabriel (CUP) y el ya exdiputado de la CUP Antonio Banos.
La Fiscalía Superior de Catalunya ya se había pronunciado a favor de inadmitir las dos querellas porque la resolución no ha trascendido «del estricto ámbito parlamentario» y no se han reproducido manifestaciones potencialmente delictivas después de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC), que declaró nula la resolución.
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