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HO desmiente al podemita asturiano Daniel Ripa y niega que el TSJA reconozca su renuncia al aforamiento

Daniel Ripa, secretario general de Podemos Asturias.

Daniel Ripa, secretario general de Podemos Asturias.

La organización HazteOir.org ha desmentido este lunes las manifestaciones realizadas este sábado por el secretario general de Podemos en Asturias, Daniel Ripa, quien dijo que el Tribunal Superior de Justicia de Asturias había reconocido su renuncia al aforamiento.

Para la asociación «Podemos Asturias práctica la contaminación informativa«.

Fue el pasado 9 de mayo de 2017 cuando un autobús de HazteOir.org rotulado con el lema ‘Dejad a los niños en paz’ llegó a Asturias. En una estación de servicio de Pola de Lena fue apedreado, hechos por los que la organización denunció, entre otros a Daniel Ripa.

El Juzgado de Instrucción nº 1 de Lena abrió actuaciones penales por los hechos violentos, presuntamente constitutivos de un delito de odio y por los destrozos al autobús.

Al estar implicado Daniel Ripa, diputado autonómico, el juzgado abrió pieza separada en relación a los hechos imputados al mismo y se la remitió a la Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) para que practicara la investigación de los hechos, al ser Ripa aforado.

El secretario general de Podemos Asturias dijo desde el primer momento que quería ser juzgado como el resto de acusados y renunciar a su condición de aforado.

«En el presente caso, el Juzgado de Instrucción prácticamente no realizó diligencias investigatorias y, además, no elaboró el correspondiente informe para sostener que no era de su competencia», argumentan desde HazteOir.org

El TSJA, por resolución del 22 de diciembre, remitió los autos nuevamente al juzgado de Instrucción. Ripa emitió este sábado una nota de prensa celebrándolo y diciendo que ello suponía que reconocía su renuncia.

Sin embargo, en contra de lo dicho por Ripa, HazteOir.org aclara que tal devolución «no se realiza por que el TSJA reconozca derecho alguno a la renuncia al aforamiento, sino porque entiende que, efectivamente, la remisión al TSJA ha sido prematura y no ha cumplido los trámites contemplados en la Ley de Enjuiciamiento Criminal», según recoge Europa Press.

De esta forma, aclaran que la ley establece que ningún Juzgado de Instrucción puede acordar la competencia del Tribunal Superior, debiendo instruir la causa. Una vez instruida, ha de realizar una exposición detallada por la que entiende no le corresponde conocer de ese asunto.

HazteOir.org confía en que se haga justicia y los culpables de apedrear el autobús y coaccionar a los miembros de la asociación, no queden impunes

«En el presente caso, el Juzgado de Instrucción prácticamente no realizó diligencias investigatorias y, además, no elaboró el correspondiente informe para sostener que no era de su competencia. Por estas razones, y no por otras, es por lo que le devuelven las actuaciones», han explicado desde HazteOir.org.

Ese proceder, añaden, no es novedoso como dice Ripa, sino que es «muy frecuente» en la práctica forense.

Recuerdan, por ejemplo, la investigación de los ERE de Andalucía, donde en su día se devolvieron las actuaciones al Juzgado de Instrucción, aun habiendo aforados, para que el Juzgado completara la instrucción y una vez terminada hiciera un informe razonado sobre su falta de competencia.

«HazteOir.org confía en que se haga justicia y los culpables de apedrear el autobús, romper el cristal y dañar el limpiaparabrisas, además de insultar, amenazar y coaccionar a los miembros de la asociación, no queden impunes. Es innegable que el dirigente regional de Podemos, Daniel Ripa, se encontraba entre los que desataron la violencia«, han señalado desde la organización.

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