El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Valladolid entiende que la Diputación Provincial vulneró el deber de neutralidad y objetividad y la ley de banderas al colgar el pasado mes de junio la enseña arcoíris del colectivo LGTBI en el balcón del edificio de Pimentel, sede de la institución provincial vallisoletana.
Así lo ha anunciado la presidenta nacional de Abogados Cristianos, Polonia Castellanos, que interpuso recurso contra la Diputación de Valladolid y que ya en su día logró que el Contencioso Administrativo asumiera las cautelarísimas pedidas por la asociación y ordenara la retirada de dicha bandera.
La resolución judicial, que condena en costas a la Diputación de Valladolid y establece la nulidad de tal actuación, ha sido acogida con satisfacción por Castellanos, que, en declaraciones recogidas por Europa Press, advierte de que la misma supone un aviso, en el sentido de que obliga a todas las administraciones públicas, incluidas diputaciones y ayuntamientos, a cumplir su deber de objetividad y neutralidad y la ley de banderas.
«No podemos entrar en una guerra de banderas, pues la única que debe ondear en los balcones de las administraciones públicas es la española. Hay que respetar a todos los colectivos y lobbies, pero eso no quiere decir que haya que contravenir la ley en favor de unos y en detrimento de otros», ha advertido la presidenta de Abogados Cristianos.
Polonia Castellanos: «No queremos que nadie vaya a la cárcel, lo que nos preocupa es que quienes deben ser los primeros garantes de la ley sean los que utilizan los edificios públicos como su chiringuito particular»
Castellanos ha censurado la «excusa ridícula» que en su día esgrimió la Diputación de Valladolid cuando apuntó que no se trataba de una bandera sino de una pancarta y ha insistido en que los ciudadanos «están cansados de que quien debería ser el primero en respetar la ley les imponga una ideología», algo que, como así ha incidido, supondría entrar de nuevo en la «guerra de los lazos amarillos», algo sobre lo que ya hay jurisprudencia.
Aunque su asociación también se querelló por prevaricación contra el presidente de la Diputación, Conrado Íscar, Castellanos desvela que tal acción quedó desestimada inicialmente y el recurso, pese a desconocer el resultado, imagina que seguirá o habrá seguido el mismo camino.
«No queremos que nadie vaya a la cárcel, lo que nos preocupa es que quienes deben ser los primeros garantes de la ley sean los que utilizan los edificios públicos como su chiringuito particular», sentencia la abogada vallisoletana.
El pasado mes de junio, el Tribunal Supremo dictó la sentencia STS 1163/2020 en la que fija como doctrina que “no resulta compatible con el marco constitucional y legal vigente, y en particular, con el deber de objetividad y neutralidad de las Administraciones Públicas la utilización, incluso ocasional, de banderas no oficiales en el exterior de los edificios y espacios públicos, aun cuando las mismas no sustituyan, sino que concurran, con la bandera de España y las demás legal o estatutariamente instituidas”.
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