
El pasado fin de semana se celebraron en Chile las elecciones a la Convención Constitucional que alumbrará una nueva Carta Magna en la nación en concurrencia con otros comicios locales y regionales.
Sin embargo, el resultado no será exactamente el resultante del recuento de los votos ya que el pasado mes de marzo se promulgo una norma basada en la ideología de género según la cual los resultados son modificados para que el resultado de los elegidos sea paritario por sexos.
Algunas personas creen que La Sexta da información.
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Suscríbete ahoraEstas modificaciones sobre la voluntad popular se realizan distrito a distrito, de tal forma que si hay más hombres que mujeres o al revés, se hacen «correcciones» para equilibrar según el sexo, no la capacidad de convencer de los candidatos o las preferencias de los votantes.
Según detalla Infobae, y a falta de que se proclamen como definitivos los resultados, al menos 11 mujeres se quedarían sin la representación que merecen al contar con el apoyo de sus conciudadanos al aplicarse la ley de representación paritaria.
Así, una candidata independiente del Distrito electoral número 13, que comprende a una población prácticamente equilibrada por sexos, tendrá que ceder su puesto a un candidato comunista que recibió 3.000 votos menos.
Al menos este sistema se ha aplicado de forma desfavorable para al menos 5 hombres que, pese a haber obtenido un mayor apoyo popular, van a tener que ceder su escaño constituyente a mujeres.
La Ley de Paridad de Género fue publicada el 24 de marzo de 2020 y ensu promulgación el presidente Sebastián Piñera señalo con solemnidad que » tenemos un compromiso de alma y corazón con avanzar con la mayor voluntad y urgencia del mundo hacia un Chile en que mujeres y hombres tengamos los mismos derechos y deberes, y también la misma dignidad y oportunidades».
La ley establece que en los distritos que reparten un número par de escaños, deben resultar electos igual número de hombres y mujeres, mientras que en los distritos que repartan un número impar de escaños, no podrá resultar una diferencia de curules superior a uno, entre hombres y mujeres.
La aplicacion de la ley funciona en tres pasos:
- Se determina el número de hombres o mujeres que debe aumentar o disminuir, según el caso.
- Se ordenan las candidaturas del sexo «sobrerrepresentado» según su votación individual de menor a mayor.
- Se proclama la candidatura del sexo subrepresentado con mayor votación, a la que no se le haya asignado el escaño preliminarmente. Se hace eligiendo la candidatura del mismo partido político, en caso de lista de partido político único o pacto electoral, o la candidatura con mayor votación en caso de las listas constituidas entre candidaturas independientes, en lugar de la candidatura asignada preliminarmente de menor votación del sexo sobrerepresentado.
La ley establece que en los distritos que reparten un número par de escaños, deben resultar electos igual número de hombres y mujeres,