La ministra de Educación Isabel Celaá, interviene en el Senado. /EFE
La ministra de Educación Isabel Celaá, interviene en el Senado. /EFE

La nueva ley educativa, la LOMLOE, que fue aprobada el pasado 23 de diciembre, entra en vigor este martes 19 de enero, aunque no todos sus contenidos se aplicarán a la vez. Así, de forma inmediata, se aplicarán las modificaciones relativas a la participación y competencias del Consejo Escolar, el Claustro y los directores de centro (entre las que destaca la inclusión de un representante del Ayuntamiento en los centros, que se ha criticado por constituirse en una suerte de «comisario político»); la autonomía de los centros docentes, limitándola; la selección del director en los centros públicos; y la admisión de alumnos.

Respecto a este último punto cabe destacar que algunas comunidades autónomas han blindado sus procesos de admisión de alumnos acogiéndose al hecho de que las modificaciones previstas en este ámbito por la Ley Celaá no entrarán en vigor si las admisiones se habían iniciado antes conforme a la ley vigente hasta el día de hoy.

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Las comunidades autónomas que han maniobrado en este sentido son Galicia, Murcia, Madrid, Castilla y León y Andalucía y con sus decisiones pretenden bloquear al menos por un tiempo la disposición que elimina la demanda social como requisito para la programación de puestos escolares.

Novedades para el curso 2021-2022

Al inicio del curso 2021-2022 se implantarán las modificaciones introducidas en la evaluación (que no puede ser utilizada «para realizar y hacer públicas valoraciones individuales del alumnado o para establecer clasificaciones de los centros») y condiciones de promoción de las diferentes etapas educativas (considera excepcional la repetición de curso); las modificaciones introducidas en las condiciones de titulación de Educación Secundaria Obligatoria, ciclos formativos de Grado Básico y Bachillerato; la titulación de las enseñanzas profesionales de música y danza; y las condiciones de acceso a las diferentes enseñanzas.

Asimismo, las modificaciones introducidas en el currículo, la organización y objetivos de Educación Primaria se implantarán para los cursos 1º, 3º y 5º en el curso escolar que se inicie un año después de la entrada en vigor de la Ley, y para los cursos 2º, 4º y 6º en el curso que se inicie dos años después de dicha entrada en vigor.

Caricatura de la ministra de Educación Isabel Celaá, Pablo Iglesias y Pedro Sánchez. /AMB
Caricatura de la ministra de Educación Isabel Celaá, Pablo Iglesias y Pedro Sánchez. /AMB

Igualmente, las modificaciones introducidas en el currículo, la organización, objetivos y programas de Educación Secundaria Obligatoria se implantarán para los cursos 1º y 3º en el curso escolar que se inicie un año después de la entrada en vigor de la Ley, y para los cursos 2º y 4º, en el curso que se inicie dos años después de dicha entrada en vigor.

Y en cuanto a las modificaciones introducidas en el currículo, la organización y objetivos de Bachillerato, se implantarán para 1º en el curso escolar que se inicie un año después de la entrada en vigor de la Ley, y para el 2º curso, en el curso que se inicie dos años después de dicha entrada en vigor.

Sobre las modificaciones introducidas en el currículo, la organización y objetivos en los ciclos formativos de Grado Básico se implantarán en el curso que se inicie un año después de la entrada en vigor de esta Ley. En este curso se suprimirá la oferta de módulos obligatorios de los Programas de Cualificación Profesional Inicial preexistentes. Y el 2º curso de los ciclos formativos de Grado Básico se implantará en el curso que se inicie dos años después de dicha entrada en vigor. En este curso se suprimirá la oferta de módulos voluntarios de los Programas de Cualificación Profesional Inicial preexistentes.

Los cambios de la nueva ley

La nueva Ley recoge las siguientes modificaciones: el aumento de plazas públicas en la educación de 0 a 3 años; la oferta «suficiente» de plazas públicas; que la asignatura de Religión no cuente para las nota media; la prohibición de que los colegios concertados segreguen por sexo; o la cesión de suelo público exclusivamente a la construcción de centros de titularidad pública.

La LOMLOE también incluye la fijación de la «excepcionalidad» de la repetición de curso; la inclusión de una cuarta modalidad de bachillerato más general; o el paulatino vaciamiento de los centros de Educación Especial en el plazo de 10 años.

Asimismo, la norma suprime la referencia al castellano como «lengua oficial del Estado», así como la consideración de «lenguas vehiculares» tanto del castellano como de las demás lenguas cooficiales.

Los 10 agujeros negros de la ley Celáa

La Plataforma Más Plurales advierte a través de su pagina web las principales amenazas a la libertad educativa que contiene la LOMLOE:

  1. Supone volver a imponer una ley partidista e ideológica, sin visión de Estado y sin atender el clamor ciudadano y de la comunidad educativa por la estabilidad y a favor de un Pacto de Estado por la Educación.
  2. Pretende eliminar la demanda social como elemento a tener en cuenta en la programación de puestos escolares. Supone un paso más a la planificación unilateral de la Administración, el cierre de unidades concertadas con demanda en beneficio de públicas vacías o la consideración de subsidiaria de los centros concertados.
  3. La LOMLOE se inventa un “derecho a la educación pública”. El único derecho existente es el “derecho a la educación”, y el mismo se garantiza mediante plazas suficientes en los centros sostenidos con fondos públicos, también, por tanto, en los de iniciativa social o concertados.
  4. Vuelve a postergar la enseñanza de la religión: sin alternativas y sin efectos en la evaluación.
  5. Se crea una nueva asignatura de Educación en valores cívicos y éticos. Otra Educación para la Ciudadanía no basada en valores consensuados y compartidos, sino como instrumento de adoctrinamiento.
  6. La LOMLOE abre la puerta a la inclusión de un representante del Ayuntamiento en el Consejo Escolar de todos los centros. Supone una interferencia en el ideario y proyecto educativo de los centros y la creación de un “comisario político”.
  7. La LOMLOE insiste sospechosamente en los derechos de la infancia, que nadie cuestiona. Es inevitable que al ver esta insistencia en los derechos de la infancia, la pongamos en consonancia con la desafortunada reflexión de la Ministra Celaá, de que “los hijos no pertenecen a los padres”.
  8. La LOMLOE abre la posibilidad de distribución del alumnado por la administración para evitar segregación educativa.
  9. La LOMLOE insiste, como las leyes anteriores, en la ausencia de autonomía de los centros. En realidad, hace hincapié en la desconfianza, la centralización, el intervencionismo, las injerencias… sin margen para los centros.
  10. La LOMLOE cuestiona la supervivencia de los centros específicos de educación especial. Inclusión, Sí… Especial, también. Otro límite a la Libertad de Enseñanza.

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