El PIN Parental sirve para proteger la libertad educativa.
El PIN Parental sirve para proteger la libertad educativa.

Entre las 12 medidas que VOX pactó con el Partido Popular y ciudadanos para aprobar los presupuestos de la Región de Murcia se encuentra la implantación en el sistema educativo de un mecanismo que proteja el ejercicio del derecho fundamental a la libertad educativa de los padres respecto de sus hijos.

Este mecanismo de información previa que permite a los padres conocer el contenido y los responsables de los talleres o actividades complementarias que se se ofrecen en los colegios, es conocido como PIN Parental, una formulación surgida en la primera década del siglo en el fragor de la batalla de los padres objetores a la asignatura Educación para la Ciudadanía diseñada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero (PSOE).

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El partido liderado a nivel nacional por Santiago Abascal ha recordado a los partidos que conforman el gobierno de coalición en Murcia gracias también al apoyo de los diputados regionales de Vox, que debenn poner en marcha el PIN PArental el próximo curso.

“Recordamos que con la medida del PIN Parental los padres tendrán derecho a elegir la educación de sus hijos sin el adoctrinamiento ideológico de la izquierda”, ha expresado el diputado regional Pascual Salvador, a través de un comunicado de la formación.

El pasado 29 de febrero miles de murcianos acudieron a una manifestación multitudinaria para reclamar la implantación de este mecanismo que hace efectivo el artículo 27.3 de la Constitución Española que obliga a los poderes públicos a garantizar «el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones».

A mediados de marzo, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia suspendió cautelarmente la resolución autonómica que implantaba este sistema de garantía de la libertad educativa a la espera de que el Tribunal Supremo resolviera el recurso interpuesto por el Gobierno central.

El Alto Tribunal se pronunció al respecto el pasado 16 de julio «por pérdida sobrevenida del objeto», esto es, por haberse terminado el curs escolar, sin entrar a valorar el fondo de la cuestión.

La resolución del Gobierno de Murcia impugnada por la Administración Central daba instrucciones a los centros educativos para «dar conocimiento a la familias» de «las actividades complementarias de las programaciones docentes que forman parte de la propuesta curricular» y fuesen impartidas por personal ajeno al centro, de tal manera que las familias «puedan manifestar su conformidad o disconformidad con la participación de sus hijos menores en dichas actividades».

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