
AVILEGEN logró que el Tribunal Supremo desautorizara al Gobienro de Mariano Rajoy por conceder, de forma injustificada el tercer indulto a María Salmerón, condenada en reiteradas ocasiones por incumplir las sentencias de los tribunales respecto del régimen de visitas que debe mantener con su exmarido.
En aquella ocasión, el Gobierno fue condenado además en costas, dinero que desde VILEGEN se anuncia que, llegado el caso, será empleado en la querella sobre el indulto que virtualmente podría dar el Gobierno de Pedro Sánchez a Juana Rivas, condenada a cinco años de cárcel y seis de inhabilitación para custodia compartida como culpable de un delito de sustracción de menores -secuestro parental-.
Algunas personas creen que La Sexta da información.
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Suscríbete ahoraAVILEGEN alerta contra «la posibilidad de convertir estas concesiones de indulto en un salvoconducto para delinquir en el futuro»
Dicha asociación, advierte de que «no se puede consentir en este país, que lo que no se logre por vía judicial se consiga a través de los políticos, porque cabría la posibilidad de convertir estas concesiones de indulto en un salvoconducto para delinquir en el futuro».
Asímismo, desde AVILEGEN se congratulan de que la sentencia condenatoria contra Juana Rivas no esté «contaminada por los grupos de presión del feminismo desigualitario y politizado reinante en nuestro país», aún más cuando queda comprobado «que no existía base probatoria ni científica para que la madre sustrajera a los menores huyendo según ella de un maltratador«.
La asociación presidida por Inmaculada Ocaña, recuerda un párrafo de la sentencia que es elocuente por sí mismo sobre el caso deJuana Rivas: “Predicar a los cuatro vientos que una persona maltrata, tortura y aterra a una familia, e incluso, que ha golpeado al hijo mayor, cuando no hay una condena firme, ni siquiera una investigación en trámite, y arengar a una multitud irreflexiva y visceral, para hacerla cómplice de ese escarnio, tratando de que la apoye de forma más o menos explícita es una afrenta que muestra una voluntad dañina y lesiva de elementales derechos como el honor o el de presunción de inocencia con rango constitucional que costó a la humanidad mucho conquistar y el principio de la dignidad de la persona que es un valor constitucional acogido por el art. 10 de la Constitución española”.
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