El lobby LGTBI trata de imponer sus postulados a toda la sociedad.
El lobby LGTBI trata de imponer sus postulados a toda la sociedad.

La Consejería de Educación de Extremadura remitió a los centros educativos de la comunidad una carta, firmada por el Secretario General de Extremadura, Rafael Rodríguez de la Cruz, en la que advierte sobre el libro que la asociación HazteOir.org.

Y es que para el gobierno socialista el contenido de este libro “es contrario al modelo educativo defendido por parte de la actual consejería de Educación y Empleo”, porque “defiende una clara opinión contra la diversidad sexual” e “insta a los Centros a defender posturas de carácter homófono (sic)”. Por este motivo, el Club de los Viernes de Extremadura ha mandado una nota de prensa en apoyo a la plataforma cívica HazteOir.org.

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El libro se fundamenta en la Constitución Española

Desde el act-tank liberal, consideran que HO “no está incitando al odio hacia ningún individuo por razón alguna”, sino “advirtiendo de que las leyes de ideología de género pretenden acabar con el derecho de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones y creencias, liquidar la libertad de enseñanza, desorientar a los ninos al imponerles la `diversidad sexual´ y privilegiar con dinero público el adoctrinamiento sexual y conferir la educación de los ninos a las organizaciones homosexualistas”. Asimismo, coinciden con los autores del libro en que “los derechos de las personas LGTBI, como los de cualquier otro ciudadano, ya son una garantía constitucional”.

La Ley LGTBI extremeña, ejemplo de discriminación

Extremadura cuenta con una legislación que responde a los postulados de la ideología de género, la Ley de Igualdad Social de Lesbianas, Gais, Bisexuales, Transgéneros, Transexuales e Intersexuales, aprobada en 2015, por unanimidad, en la Asamblea de Extremadura.

Dicho proyecto, impulsado por el Partido Popular (PP), siendo presidente de la institución autonómica José Antonio Monago (PP), fue ya denunciado por el CdV, mediante un informe estructurado en tres bloques: adoctrinamiento, vulneración de derechos fundamentales y discriminación.

Los planes educativos contemplan la educación afectivo-sexual, lo cual implica la formación en conceptos como las “diferentes expresiones de la identidad de género”

Se aprecian visos de adoctrinamiento ya que dicha legislación autonómica exige que los planes educativos contemplen la educación afectivo-sexual, lo cual implica la formación en conceptos como las “diferentes expresiones de la identidad de género”, lo cual consideran, desde el act-tank liberal, como “problemático” en la medida en la que se acarrearían, a los ninos, problemas de identidad, puesto que, desde el nacimiento, el nino y la niña tienen diversas diferencias fisiológicas, pretendiendo este proyecto basado en la ideología de género que se vean anuladas esas diferencias, cuando el nino está una fase del desarrollo psicosexual en la que es imposible comprender los efectos de tal instrucción.

Se vulnera, con todo ello, el artículo 27º de la Constitución Española y, el 26º de la Declaración Universal de Derechos Humanos, de acuerdo con el cual, “los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos”.

Los derechos fundamentales que se vulneran son la libertad de expresión y la presunción de inocencia. Respecto al primero, cabe alertar de que la ley obliga a la administración autonómica a velar para que “los medios de comunicación adopten, mediante autorregulación, códigos deontológicos que incorporen el respeto a la respeto a la igualdad y la prohibición de discriminación por motivos de orientación sexual identidad o expresión de género, tanto en contenidos informativos y de publicidad, como en el lenguaje empleado”, lo cual vulnera el vigésimo artículo de la Constitución, censurándose, por consiguiente, los principios de la moral católica y debates sobre matrimonio y familia.

La UNESCO pretende adoctrinar en LGTB a ninos de todo el mundo
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Mientras tanto, respecto al segundo, cabe alertar de que, en las medidas de tutela administrativa, corresponderá al acusado la aportación de “justificación probada, objetiva y razonable de las medidas adoptadas”, lo cual invierte la carga de la prueba, de tal forma que no será deber del denunciante el probar su tesis acusatoria. Hablamos de algo que vulnera los artículos 11º de la Declaración Universal de Derechos Humanos y 24º de la Constitución Española.

La creación del Observatorio Extremeño contra la discriminación por orientación sexual e identidad de género, la promoción de políticas de empleo para las personas LGTBI y sanciones administrativas estipuladas cuando ya el artículo 510 del Código Penal castiga a quienes provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones, por… su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía” son ejemplos de discriminación.

Máximo respeto al individuo, sea cual sea su orientación sexual

Insisten, desde el CdV, en que respetan “estricta y escrupulosamente la personalidad y el derecho a la libertad de cada individuo, lo cual implica disfrutar de su sexualidad sin ninguna clase de injerencia, ni a favor ni en contra”, pues “el rol del Estado no ha de ser promotor, sino tolerante y garante de todo derecho natural del individuo”.

El CdV reprueba “la actitud censora de la Junta de Extremadura, que pretende imponer una determinada concepción a toda la comunidad educativa

El documento remitido por Hazte Oír “ni incita al odio ni fomenta conductas anticonstitucionales”, según consideran en el act-tank liberal, que reprueba “la actitud censora de la Junta de Extremadura, que pretende imponer una determinada concepción a toda la comunidad educativa extremeña” cuando el libro simplemente “advierte de esa censura y de los visos de adoctrinamiento, censura, vulneración de derechos fundamentales y discriminación”.

A juicio del CdV, “la defensa de la libertad sexual no es excusa alguna para ejecutar una ley que, en absoluto, apuesta por la isonomía, sino por incurrir en una discriminación que menosprecie a aquellos que sean heterosexuales, además de privilegiar, bajo otros puntos de vista. Igualmente, desaprobaríamos una disposición que, aunque se presentare como instrumento de defensa de la libertad religiosa, no hiciera mención alguna a quienes son ateos o agnósticos”.

La plataforma liberal recuerda también que, en materia educativa, consideran que “son los padres quienes deben decidir la configuración y desarrollo del proyecto educativo de sus hijos” y que, respecto a los códigos deontológicos, “la reprobación no consiste en una indirecta tolerancia de comentarios vejatorios contra los individuos LGBT, cuya integridad físico-moral también queremos que se proteja, habiéndole de caer a todo delincuente el peso de la ley”.

Para finalizar, piden, desde el club, a la Junta, “que cese en sus desmanes ideológicos contra la libertad de los padres objetores de la ideología de género y de aquellos que prefieren que sus hijos cursen enseñanzas religiosas o que estudien en colegios concertados”, además de “considerar que una ley que vulnera la isonomía y ciertos derechos fundamentales no es sino derogable”.

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