María Salmerón ha sido indultada tres veces, pero el Tribunal Supremo ha revocado una de estas ocasiones.
María Salmerón ha sido indultada tres veces, pero el Tribunal Supremo ha revocado una de estas ocasiones.

El Tribunal Supremo ha revocado el indulto concedido en el mes de julio de 2015 a María Salmerón al considerar que el acuerdo del Gobierno presidido por Mariano Rajoy, que entonces estaba en funciones, es «disconforme a derecho» y que se hizo contra el criterio del Ministerio Fiscal y del juzgado que condenó a Salmerón, sin ofrecer una justificación suficiente.

María Salmerón se ha convertido en los últimos años en un icono para los movimientos feministas defensores de la Ley Integral de Medidas contra la Violencia de Género, que han apoyado a Salmerón en su reincidente actitud de desobediencia a las sentencias judiciales relativas al régimen de visitas de la hija en común con su exmarido.

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Los siete magistrados de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal han acordado por unanimidad que la decisión tomada por el Ejecutivo «no puede basarse en los informes del Ministerio Fiscal o del órgano sentenciador, pues ambos son claros y contundentes» en su oposición a la concesión del indulto.

El Supremo subraya que el Gobierno, que alegó «razones de justicia y equidad» para otorgar la gracia, no explica «qué otra información obrante en el expediente se refiere para poder concluir la concurrencia de las razones de justicia y equidad, razones que no se concretan de ningún modo«.

«Esta Sala considera que, en estos casos, el deber de razonar la justificación de la concesión de un nuevo indulto es especialmente intensa, so pena de terminar convirtiendo la concesión del indulto en un salvoconducto para delinquir en el futuro»

Aún más, los magistrados consideran que la única motivación para que el Gobierno no justifique debidamente las causas del indulto sólo se pueden deber a que haya ánimo de permitir al delincuente seguir ejerciendo la actividad delictiva, más aún si se tiene en cuenta que «el Gobierno ya había concedido dos indultos anteriores por anteriores condenas por hechos similares» y que Salmerón ni ha cumplido las penas sustitutorias ni ha abonado las cantidades en concepto de responsabilidad civil a las que ha sido condenada.

La redacción de la sentencia, a cargo del magistrado César Tolosa Tribiño, no deja lugar a dudas: «Esta Sala considera que, en estos casos, el deber de razonar la justificación de la concesión de un nuevo indulto es especialmente intensa, so pena de terminar convirtiendo la concesión del indulto en un salvoconducto para delinquir en el futuro».

Indultos de un Gobierno en funciones

Durante los 315 días en que el Gobierno de Mariano Rajoy estuvo en funciones en el año 2016, concedió 15 indultos. La mayoría de ellos, 13, siguiendo la tradición de atender las petición de las cofradías católicas con motivo de la Semana Santa, según detalla la Fundación Civio.

Los otros dos, fueron a favor de María Salmerón, condenada por desobedecer a los tribunales al impedir el cumplimiento del régimen de visitas estipulado en su sentencia de divorcio.

Primera revocación de un indulto con condena en costas

La concesión ilegal de este indulto a María Salmerón va a suponer, además, para las arcas del Estado, un desembolso por las costas del proceso que ascienden a 4.000 euros. Una cantidad que es irrisoria si se tiene en cuenta el Presupuesto General del Estado, pero que resulta tener especial significado desde el momento en que es es la primera vez que se revoca un indulto y se condena en costas al Estado. 

En la historia judicial española desde la Transición, el Tribunal Supremo sólo había revocado en otra ocasión la concesión gubernamental de un indulto. El beneficiario inicial de la medida de gracia fue Alfredo Sáenz, consejero delegado del Banco de Santander, condenado a tres meses de arresto e inhabilitación temporal por un delito de acusación falsa y denuncia falsa.

El Tribunal Supremo anuló el indulto concedido por el gobierno de Zapatero al consejero delegado del Banco de Santander, Alfredo Sáez.
El Tribunal Supremo anuló el indulto concedido por el gobierno de Zapatero al consejero delegado del Banco de Santander, Alfredo Sáez.

El Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero (PSOE), entonces en funciones y cinco días después de que el Partido Popular hubiera ganado los comicios generales del 20 de noviembre de 2011 por mayoría absoluta, tomó la decisión con el informe favorable de la Fiscalía y la opinión contraria del Tribunal Supremo.

Una vez revocado este indulto, no cabe recurso posible, por lo que María Salmerón deberá entrar en prisión, después de cinco condenas (cuatro por desobediencia y una por impago) y tres indultos, uno de ellos revocado ahora

Cronología del caso María Salmerón 

El caso de María Salmerón arranca en el año 2001 y, diecisiete años después, es necesario acudir a una breve cronología para poder tener una visión de conjunto del laberinto judicial que ha supuesto, partiendo de los datos que figuran en la sentencia que revoca el indulto y consultando fuentes cercanas al caso.

  • Julio de 2001: María Salmerón y Antonio Ruiz se separan. El juzgado otorga a la madre la custodia de la hija común y establece un régimen de visitas con el padre dos horas martes y jueves entre semana; fines de semana alternos y vacaciones partidas.
  • Octubre de 2003: Se establece que las visitas semanales, así como las entregas y recogidas de fin de semana se realizarán en un punto de encuentro.
  • Julio de 2006: Se modifica el régimen de visitas y se exige al padre presentar un calendario con antelación para que Salmerón supiera con antelación los días en que debía llevar a la hija común al punto de encuentro.
  • De mayo de 2006 a abril de 2008: Durante casi dos años, María Salmerón desatendió el régimen de visitas impidiendo que padre e hija se vieran, a pesar de múltiples citaciones, requerimientos personales y apercibimientos judiciales en cuatro ocasiones (19 de octubre de 2006; 30 de noviembre de 2006; 4 de julio de 2007; y 14 de abril de 2008).
  • Marzo de 2008: Antonio Ruiz es condenado a 1 año y 9 meses por un delito de maltrato psicológico, ratificado en marzo de 2009 por el Tribunal Supremo.
  • Octubre de 2008: La Audiencia Provincial ratifica la condena a María Salmerón por un delito de desobediencia a un año de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, dictada por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Sevilla, por hechos sucedidos en 2002-2003.
  • Marzo 2009: La Audiencia Provincial ratifica una condena por desobediencia a seis meses de prisión contra María Salmerón dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Sevilla, relativa a hechos de 2003.
  • De septiembre de 2009 a abril de 2011: La Justicia devuelve a Antonio Ruiz la custodia de la hija común, aún contemplando el hecho de su condena previa.
  • Noviembre de 2010: María Salmerón es condenada por otro delito de desobediencia a la pena de 7 meses de prisión y a pagar una indemnización de 6.000 euros. Juzgado de lo Penal nº 13 de Sevilla.
  • Julio de 2012: El Gobierno concede el primer indulto a María Salmerón y conmuta la pena de 7 meses de prisión por una multa de 2.190 euros y 30 días de trabajos a beneficio de la comunidad «a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años» desde la concesión del indulto.
  • Abril de 2013: La Audiencia Provincial confirma la sentencia contra María Salmerón del Juzgado de lo Penal nº 13 de Sevilla. En el mes de junio la Audiencia confirma la firmeza de la decisión y rechaza la solicitud de suspensión de la condena ya que María Salmerón ya había sido condenada con anterioridad (Juzgados 1º y 3º de lo Penal).
  • Enero de 2016: La Audiencia provincial fija el ingreso en prisión de María Salmerón para el 5 de febrero de 2016.
  • 5 de febrero de 2016: El Gobierno, en funcione, concede un segundo indulto a María Salmerón sobre la condena de seis meses de prisión del Juzgado de lo Penal nº 1 de Sevilla ratificada en marzo de 2009 por la Audiencia Provincial. El Tribunal Supremo desechó la posibilidad de revocarlo al entender que la asociación AVILEGEN, que interpuso el recurso, carecía de legitimación activa.
  • 12 de febrero de 2016: Se registra otra petición de indulto en la Delegación del Gobierno de Andalucía. La Fiscalía se opone advirtiendo que sus condenas anteriores ponen de manifiesto «el nulo respeto que a la condenada le merecen las resoluciones de los jueces y su nulo propósito de cambiar de conducta». Además, el Ministerio Público subraya que no ha abonado la indemnización. El informe elaborado sobre la petición de indulto por el juzgado de lo Penal Nº 13 de Sevilla coincide con el criterio de la Fiscalía.
  • 22 de julio de 2016: El Gobierno, en funciones, concede el tercer indulto a María Salmerón, que se libra de una condena de cuatro meses de prisión por un delito de desobediencia al incumplir el régimen de visitas.
  • 21 de agosto de 2016: El Juzgado de lo Penal nº 15 de Sevilla conmutó una pena de un año de prisión por incumplir el régimen de visitas por una multa de 3.240 euros y evitó así su entrada en prisión.
  • 1 de abril de 2017: María Salmerón es condenada por quinta vez (Juzgado nº 9 de Familia en Sevilla) en esta ocasión como culpable de un delito de abandono de familia por impago de la pensión de alimentos de su hija.
  • 20 de marzo de 2018: La Sección Quinta de la Sala de lo Contecioso-Administrativo del Tribunal Supremo sentencia la revocación del tercero de los indultos concedidos a María Salmerón.

Una vez revocado este indulto, no cabe recurso posible, por lo que María Salmerón deberá entrar en prisión, después de cinco condenas (cuatro por desobediencia y una por impago) y tres indultos, uno de ellos revocado ahora.

En total, María Salmerón ha sido condenada a tres años y cuatro meses de prisión por delitos de desobediencia al incumplir el régimen de visitas respecto a su hija común con su exmarido y a cuantiosas multas.

Actuall ha podido hablar con el exmarido de Salmerón, Antonio Ruiz, que se ha mostrado «muy satisfecho» por la revocación del indulto y advierte que a su exmujer aún le queda por afrontar «dos juicios penales por desobediencia», por los que la Fiscalía pide un año de prisión cada uno.

Por su parte, la presidenta de AVILEGEN, Inmaculada Ocaña, ha explicado su satisfacción por la sentencia: «nos alegramos de que el tribunal Supremo siga siendo el baluarte del derecho en España, garantizando que los delincuentes no queden impunes».

El abogado que ha llevado el proceso, José Luis Escañuela ha querido resaltar al hilo de la revocación del indulto que «la igualdad no puede construirse ni contra las mujeres ni contra los hombres», al tiempo que ha señalado que «la lucha contra la injusticia es una obligación del individuo con la sociedad».

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