El activismo del Poder Judicial está a todo vapor en Brasil. El Supremo Tribunal Federal (STF) se ha lanzado a fondo en la tentativa de legislar a través de fallos colegiados una amplia agenda “progresista”.
El pasado 21 de febrero cuatro de los once ministros de la Corte votaron a favor de encuadrar la ‘homofobia’ como crimen de racismo hasta que el Congreso Nacional cree una ley específica.
No solo eso. Los magistrados declararon que el Legislativo ha incurrido en sistemática “omisión inconstitucional” por no haber elaborado -hasta el momento- ninguna ley sobre esa materia.
Desde el 14 de febrero, el plenario del STF juzga dos acciones que piden reconocer que la Cámara de Diputados y el Senado han “violado la Constitución al omitirse en criminalizar la homofobia”.
Solicitan que se equipare al delito de racismo las agresiones y actos de prejuicio y discriminación contra “la comunidad LGBT” y que se de un plazo para que los parlamentarios “produzcan” una ley específica.
Se trata de la Acción Directa de Inconstitucionalidad por Omisión (ADO) 26, requerida por el Partido Popular Socialista (PPS), en 2013, y del Mandato de Integración (MI) 4733, solicitado por la Asociación Brasileña de Lesbianas, Gais, Bisexuales, Travestís, Transexuales e Intersexos (ABGLT). Ambas se están analizando conjuntamente.
Los relatores de la ADO 26 y del MI 4733, Celso de Mello y Edson Fachin, respectivamente, han dado su voto, coincidieron en todo, y abrazaron los pedidos del PPS y de la ABGLT, menos uno.
O sea, declararon que sí hubo «omisión» por parte del Parlamento y que éste “violó la Constitución”, determinaron que los “actos homofóbicos” sean considerados por las diversas instancias del Poder Judicial como delitos de racismo hasta que el Congreso Nacional cree ley específica, pero evitaron dar un plazo para que eso acontezca.
Apoyaron el voto de los relatores, los ministros Alexandre Moraes y Roberto Barroso, quien debería estar impedido para votar en este juicio, pues en 2011 fue uno de los abogados que propuso que la Corte reconociera las uniones entre personas del mismo sexo.
“Lo que la Corte está haciendo es usurpando de forma ilegítima las funciones del Poder Legislativo, es activismo judicial abierto y descarado, esos temas deben ser debatidos en el Congreso y no en el STF”, advierte la diputada Joice Hasselmann
Faltan aún por manifestar su voto siete ministros de la Corte y se prevé que el juicio, que inició el 14 de febrero y se ha prolongado durante cuatro sesiones, sea retomado la próxima semana, después del Carnaval.
El STF y la ‘Agenda de Costumbres’
Otras acciones que están en la pauta del STF durante el primer semestre del año son: el aborto libre durante las primeras 12 semanas de embarazo bastando el pedido de la gestante; el aborto en cualquier mes de gestación para mujeres infectadas con el vírus Zika; y la legalización del porte de marihuana para uso personal.
Es lo que los propios ministros han llamado de “agenda de costumbres”, y que es denunciada por diversas organizaciones ciudadanas y por algunos parlamentarios como una agenda de reingeniería social impuesta mediante el activismo ideológico del poder judicial.
“Lo que la Corte está haciendo es usurpando de forma ilegítima las funciones del Poder Legislativo, es activismo judicial abierto y descarado, esos temas deben ser debatidos en el Congreso y no en el STF”, advierte la diputada Joice Hasselmann.
“De hecho, ya han sido discutidos allí, en comisiones, y si no han salido como leyes es porque no han conseguido consenso, han sido rechazados, la izquierda quiere imponerlos mediante la Corte de un plumazo”.
Para Percival Puggina, miembro del think tank Pensar+, subraya que el argumento de los magistrados para formar que hubo “omisión inconstitucional” no se sustenta: “Es evidente que en el Legislativo, no deliberar es ya una deliberación, y que millares de proyectos no son votados, todos los años, porque no tienen mayoría para aprobación”.
“El STF no puede obligar a los legisladores a escribir una ley a la carta, eso viola el Estado de derecho y los principios democráticos garantizados por la Constitución”, acota.
Es significativo que los ministros que hasta ahora han votado dejan en evidencia la presión sobre los parlamentares para legislar en un sentido preciso: los cuatro dicen que el Legislativo está ‘obligado’ no a deliberar sobre el tema, sino a aprobar una ley que condene expresamente la ‘homofobia’.
Y tanto el PPS cuanto la ABGLT quieren que se criminalicen todas las formas de ofensas, individuales y colectivas, homicídios, agresiones y discriminaciones motivadas por la orientación sexual o la “identidad de género de la víctima”.
Con una planteamiento de ese tipo – acogido por los ministros – se abre la posibilidad de que se considere crimen, por ejemplo, cualquier opinión crítica contra la conducta homosexual o contra la ideología de género. Se hablará de “discursos de odio”.
Racismo como concepto ‘fluído’ e Ideología de Género
El el voto de 155 páginas del relator Celso de Mello se afirma que ‘raza’ y ‘racismo’ son conceptos ‘fluídos’, que cambian con el tiempo y las circunstancias, «de manera que se hace posible el surgimento de nuevas agrupaciones consideradas razas y la desaparición de otras”.
Y subraya: «Es constitucionalmente lícito encuadrar los actos homofóbicos y transfóbicos en el concepto de racismo, en orden a prevenir y a reprimir comportamientos que excluyen y marginan a un determinado grupo, identificado no por sua configuración física o étnica, y sí por un conjunto de ideas, valores y conductas”.
Además, toda la argumentación de los votos emitidos hasta el momento esta fundamentada, sin excepción, en la perspectiva ideológica de género. Para los cuatro ministros la identidad sexual es absolutamente subjetiva e independiente del sexo biológico.
Mello, afirma, por ejemplo, que «la identidad de género traduce el sentimento individual y profundo de pertenencia o vinculación al universo masculino o femenino, pudiendo esa conexión íntima y personal coincidir o no con la designación sexual atribuída a la persona en razón de su conformación biológica».
Y dice que «es posible verificar, de ese modo, hipóteses de coincidencia entre el sexo designado en el nacimiento y el género por el cual la persona es reconocida (cisgênero) o situaciones de disonancia entre sexo biológico e identidad de género (transgénero)».
En ningún momento de su larguísimo voto el ministro dijo que lo que relataba no era sino una “teoría”, lo presentó como hecho dado o verdad dogmática.
También hizo referencia a los Principios de Yogyakarta, elaborados en 2006 por un grupo internacional juristas y activistas elegebetebitas y de género, como si fuera un documento de amplio consenso y de contenido incuestionable.
Y aprovechó para fustigar a quien piensa diferente de él.
Dijo que la “visión de mundo» fundada en la idea, «artificialmente construida», de que las diferencias biológicas entre hombre y mujer son determinantes en la identidad de cada uno es generadora de «odio» e impone restricciones al ejercicio de los derechos de la “comunidad LGBT”.
Afirmó que eso es ”heteronormativo” y quien piensa así es “homofóbico”. O sea, la inmensa mayoría de los brasileños. La Corte ha tomado un camino peligroso, que puede causar un choque de trenes con los otros dos poderes, especialmente el Legislativo, que ha dado indicios que no asistirá el espectáculo “progre” de los magistrados como simple expectador.
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