La custodia compartida efectiva es una reivindicación desde hace años /Archivo
La custodia compartida efectiva es una reivindicación desde hace años / Archivo

La iniciativa legislativa popular de «responsabilidad parental y relaciones familiares» ya ha superado las primeras 100.000 firmas cuando apenas se han cumplido dos meses de los nueve que establece la ley para alcanzar las 500.000 necesarias.

Dicha propuesta legislativa popular está impulsada por una cincuentena de asociaciones de «madres divorciadas, padres separados de sus hijos, abuelos y abuelas separados de sus nietos, profesionales del derecho y de la psicología de familia y forense».

Algunas personas creen que La Sexta da información.

Suscríbete a Actuall y así no caerás nunca en la tentación.

Suscríbete ahora

Su intención es que se modifique el artículo 92 del Código Civil español en el que se establecen los preceptos relativos a la responsabilidad de los padres respecto de sus hijos, instrucciones sobre la patria potestad y la guarda y custodia, así como el concurso en estos procesos de especialistas debidamente cualificados que ayuden al juez a tomar decisiones.

La campaña estará abierta hasta el próximo 3 de marzo, cuando concluye el plazo legal para la recogida de las firmas, que también se puede realizar a través de internet, cumpliendo con todoslos requisitos legales sin necesidad de DNI electrónico.

Principales modificaciones

La propuesta de modificación aumentaría de 9 a 12 los apartados del artículo y extenderían de manera notoria su redacción. Estas son algunas de sus modificaciones más destacadas:

1.- Reconocimiento del «derecho fundamental» de los hijos a «continuar compartiendo sus vidas y conviviendo con ambos progenitores en equidad, igualdad espacial, temporal y legal«.

2.- Las pensiones alimenticias se establecerán de tal forma que «garanticen un equilibrio de la calidad de vida de los hijos en la convivencia con ambos progenitores«.

3.- Obligación de presentar, junto a la demanda de separación, divorcio o nulidad, un plan de guarda y custodia compartida de los hijos en común. Dicho plan «podrá ser consensuado por los progenitores como fruto de un acuerdo entre ambos, de tal forma que el procedimiento se resolvería por la vía de mutuo acuerdo.

En dicho «Plan de coparentalidad» se deberá establecer, de ser aprobada esta iniciativa legislativa popular: una forma de «reparto de tiempos de cuidado de los hijos, compartida e igualitaria, así como los mecanismos de la adopción de decisiones de patria potestad»; un reparto proporcional de la contribución al sostenimiento económico de los hijos; una propuesta de liquidación de los bienes de la sociedad, sea conyugal o no; una fijación de los gastos ordinarios y extraordinarios de los hijos; un sistema para establecer la forma del contacto con la familia extensa y hermanos no comunes; un plan de sostenimiento de ambos hogares; las transiciones de los hijos se organizarán como «recogidas de los hijos, nunca como entrega» en contextos naturales; un mecanismo para dirimir diferencias futuras.

Esta propuesta «va dirigida a evitar el 85% de los conflictos que se producen en España como consecuencia de las rupturas legales de parejas con hijos a su cargo», según sus promotores

4.- En ausencia de un plan conjunto, cada progenitor debe presentar el suyo y se les ofrecería un proceso de mediación familiar voluntario. Sólo en caso de que fallara la mediación o fuera rechazada el juez decidiría en función del interés de los menores y sus derechos.

5.- Las medidas cautelares, coetáneas o provisionales no podrán socavar la custodia compartida de los hijos «hasta que se resuelva la pieza principal».

6.- Eliminación de la utilización de «un criterio sexista» para la determinación del sistema regulador de guardia y custodia.

7.- Fundamentación objetiva y probada en una sentencia firme para despojar a un progenitor del derecho-obligación de la guardia y custodia compartida. En ningún otro caso se contemplará la limitación de la patria potestad y la custodia compartida.

Beneficios previstos

Los promotores defienden que esta propuesta «va dirigida a evitar el 85% de los conflictos que se producen en España como consecuencia de las rupturas legales de parejas con hijos a su cargo».

En concreto, la modificiación del artículo 92 pretende evitar «la sustracción intra e internacional de menores por parte de uno de sus progenitores»; «el uso fraudulento de denuncias instrumentales de malos tratos o abusos»; o  «el uso instrumental de los hijos en estos procesos mediante interferencias parentales».

Del mismo modo, sus impulsores consideran que su propuesta permitirá ahorrar en costes de abogados de oficio, favorecer el diálogo de la pareja o favorecer la defensa de los derechos de los asecendientes dependientes de la pareja, entre otras ventajas.

Comentarios

Comentarios