Un juez del estado mexicano de Michoacan acaba de decretar que se debe reconocer la ‘doble maternidad’ o ‘maternidad dual’ a dos mujeres lesbianas que, mediante fecundación in vitro con un donante anínimo de esperma, el óvulo de una y el útero de la otra, han traído al mundo a dos niñas gemelas.
El fallo obliga al Registro Civil del estado de Michoacán, al oeste del país, a inscribir a las dos mujeres como madres de las niñas. De esta manera, las recién nacidas llevarán los apellidos de ambas mujeres.
El juez considera que las relaciones que entablan las parejas del mismo sexo pueden adecuarse perfectamente a los fundamentos actuales de la institución matrimonial
Al analizar los derechos de las dos madres, el juez federal considera que, en la actualidad, «la dinámica social ha experimentado la necesidad de reformas legales para hacer realmente electivos los derechos de igualdad ante la ley y la no discriminación; a la protección familiar, a la libertad procreacional y a la salud».
Torres Padilla añade que la jurisprudencia del Alto Tribunal ha establecido que las relaciones que entablan las parejas del mismo sexo pueden adecuarse perfectamente a los fundamentos actuales de la institución matrimonial y más ampliamente a los de la familia.
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