El Gobierno asegura que el ministerio de Sanidad está trabajando en una propuesta de modificación del Código Civil que avance en la consideración de la custodia (o crianza) compartida de los hijos en caso de ruptura de los padres.
En concreto, el Ejecutivo ha anunciado a través de una contestación por escrito a una pregunta sobre el particular dirigida por el diputado popular Víctor Píriz, que el ministerio que dirige la catalana Dolors Montserrat «ha elaborado un preborrador de modificación del Código Civil siguiendo la jurisprudencia del Tribunal Supremo en la materia, y teniendo en cuenta la normativa de las Comunidades Autónomas».
El gabinete presidido por Mariano Rajoy asegura que comparte «el criterio de la conveniencia de reforzar el derecho del hijo a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos progenitores de modo regular en los casos de ruptura de la convivencia de los progenitores».
El Partido Popular llegó a aprobar un anteproyecto de ley sobre la custodia compartida en 2013 que no llegó a ver la luz
Esta conveniencia, puntualiza el Ejecutivo, es deseable para los hijos «salvo que fuera contrario a su interés superior».
Asimismo, se reconocen las «dificultades encontradas en el pasado a la hora de regular la custodia compartida», motivo por el que se apuesta desde el Gobierno por «sentar unas bases compartidas sobre las que trabajar conjuntamente en la regulación de esta cuestión».
Jurisprudencia de la custodia compartida
La cuestión de la guardia y custodia compartida de los hijos en procesos de ruptura de los progenitores ha sido ampliamente debatida tanto en el ámbito social como en el jurídico desde que se introdujera de forma expresa en el Código Civil con la modificación de julio de 2005 conocida como Ley del divorcio exprés.
Esta reforma del Código civil estableció que la guardia y custodia compartida «cuando así lo soliciten los padres en la propuesta de convenio regulador o cuando ambos lleguen a este acuerdo en el transcurso del procedimiento» (artículo 92.5 CC).
Asimismo se decreta que el juez debe poner las medidas para que se cumpla de forma efectiva «procurando no separar a los hermanos«.
Para ahondar más en la protección legal del derecho de los hijos a mantener la mejor relación con ambos progenitores tras las rupturas, el Partido Popular aprobó el 19 de julio de 2013 en Consejo de Ministros un anteproyecto de ley sobre el ejercicio de la corresponsabilidad parental en caso de nulidad, separación y divorcio.
El Gobierno de Rajoy cedió ante las presiones de grupos feministas y abandonó la reforma, pese a disponer de mayoría absoluta
Sin embargo, las presiones de diversos grupos fundamentalmente feministas, lograron torcer el brazo del Gobierno, que, pese a su mayoría absoluta, abandonó la reforma. Sin embargo, varias comunidades autónomas sí llegaron a regular este modelo.
Según detalla Ana María Gómez Megías en un artículo sobre la cuestión publicado en abril de 2016, la ausencia de una regulación nacional ha llevado a que hayan sido los tribunales los que hayan ido definiendo la custodia compartida por la vía jurisprudencial.
En este sentido, desde el año 2013, el Tribunal Supremo ha apostado por considerar el sistema de guarda y custodia compartida como el sistema «normal e incluso deseable» en beneficio del mejor interés del menor. Y así lo corroboran los expertos.
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