La Ley Integral de Medidas contra la Violencia de género tiene su pecado original. No es otro que la consideración de que existe un delito específico, cuyas penas son especialmente reforzadas en función del sexo del supuesto delincuente.
La llamada ‘violencia de género’ sólo sucede, según el legislador, cuando un hombre agrede a una mujer con la que mantiene algún tipo de relación sentimental. No al revés. Pero, ¿qué sucede cuando el acusado es diagnosticado de disforia de género y reconocido como mujer en mitad del proceso?
Algunas personas creen que La Sexta da información.
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Suscríbete ahoraEs lo que está sucediendo en un juzgado vizcaíno según ha revelado hoy el Diario Vasco. El encausado, contra quien su exmujer ha presentado numerosas denuncias por maltrato, todas archivadas hasta el momento, está diagnosticado de disforia de género y ahora en su DNI figura una identidad femenina.
El hasta ahora acusado por violencia de género es ahora una mujer, circunstancia no prevista en la ley
Los procesos físicos y hormonales para que su cuerpo se adapte a la disforia diagnosticada están también en marcha.
El galimatías judicial está servido, porque, siguiendo la lógica interna de la ley, una mujer no puede ser acusada de «violencia de género». Y el acusado es, a efectos legales, una mujer acusada por otra mujer.
Tal y como reconoce el abogado de la defensa en este caso, Iñigo Urien, «no se le puede aplicar la legislación de violencia de género porque tiene diagnosticada una disforia de género».
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