La alcaldesa de Gijón, Ana González, del PSOE, está decidida a impulsar un reglamento de laicidad en la ciudad a imagen del que fue aprobado por el Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid en 2019, de la mano de su alcalde, el comunista Pedro del Cura.
Para ello ha abierto un periodo de consulta a través del portal de participación municipal en el que pregunta a los ciudadanos sobre qué contenido debería incluirse en el futuro reglamento y por las relaciones entre el consistorio y las confesiones religiosas. Ambas cuestiones están abiertas a comentarios hasta el próximo 3 de mayo tal y como impone la Ley de Procedimiento Administrativo.
Algunas personas creen que La Sexta da información.
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A la pregunta «¿Qué cuestiones crees que sería necesario incluir en una regulación del uso de espacios públicos y edificios municipales para garantizar el mandato constitucional de neutralidad religiosa?» ya se han producido 81 votos, la inmensa mayoría (71,6%) negativos.
Entre los comentarios registrados hay lacónicos a favor y en contra: «No entiendo que tengamos que regular algo que no ha sido nunca un problema» o «Los actos religiosos deben formar parte de la vida privada, nunca de la vida pública ni de ningún acto que se costee con dinero de los contribuyentes». Otros, reprochan la incoherencia del Ayuntamiento y denuncian la promoción de «eventos religiosos paganos» como las hogueras playeras del solsticio de verano, el «Samain celta, que muy torticeramente disfrazan como Hallowee o amagüestu para ir inculcando a los niños unas creencias paganas y primitivas que ya creíamos erradicadas».
También se han registrado reflexiones con un tono irónico más que evidente: «Supongo que si se usan espacios públicos ( y no sé si edificios municipales) para manifestaciones como Asturies nun tien rei [Asturias no tiene rey] o eventos como el Día del Orgullín, no debería haber ningún problema para que quienes profesan la fe, (y para nada es mi caso) celebren sus procesiones y hagan sus ofrendas, sin la menor cota. Solo faltaría».
Y los hay de personas evidentemente enfadadas: «¿Usted cree que, con la situación en la que estamos y las constantes meteduras de pata que va haciendo con su gestión, es momento de ponerse a decidir algo así?».
Respecto a la segunda cuestión, relativa a las relaciones entre el Ayuntamiento y las confesiones religiosas, entre los 86 votos registrados se vuelve a repetir el patrón en contra de la propuesta de la alcaldesa: 73,26 en contra.
En los comentarios, algunos abogan por cumplir el artículo 16 de la Constitución que defiende las «relaciones de cooperación» entre los poderes públicos y las confesiones religiosas. En este sentido, señalan que la presencia de un cargo público en un acto religioso no debería ser prohibida: «Puesto que algunos ciudadanos son creyentes (de la religión que sea) no pasa nada porque un representante del Ayuntamiento acuda invitado a algún acto de ese tipo en la medida en que también es un representante de esos ciudadanos».
Y aunque alguno defiende que «el Ayuntamiento debe de ser aconfesional y abstenerse de tener relaciones con entidades de tipo religioso» otros abogan por una laicidad que no quita «para que determinados de nuestra tradición cultural no cuenten con una presencia, al nivel que sea, de ayuntamiento que representa a todos los gijoneses» com la bendicion de las aguas de San Pedro. «No confesionales, pero respetando las tradiciones culturales, porque si no perdemos una parte de nuestra identidad como ciudadanos de Gijón», remata.
El reglamento de Rivas como guía
Pese al rechazo evidente de la mayoría en los canales oficiales de participación ciudadana del Ayuntamiento de Gijón, la alcaldesa ya ha manifestado su intención de inspirarse en el Reglamento de Laicidad aprobado en el año 2018 en el Ayuntamiento madrileño de Rivas Vaciamadrid.
Esta norma prevé algunos elementos controvertidos que está barajando el equipo de gobierno gijonés, entre otros:
- La limitación de la presencia de cargos públicos municipales en actos religiosos que ha de hacerse «a título individual y no en representación del Ayuntamiento».
- Las autoridades religiosas tienen vetada la participación de forma oficial o preferente en los actos públicos oficiales.
- Los actos oficiales como inauguraciones, tomas de posesión, discursos, saludos, pregones y similares no podrán incorporar «elementos, símbolos o ritos religiosos».
- Se prohíbe publicitar los actos de culto religioso en los medios de comunicación de titularidad municipal.
- Se prohíbe la cesión de terreno público para la construcción de edificios de carácter religioso.
- Los edificios públicos e instalaciones dependientes del ayuntamiento «estarán exentos de cualquier simbología religiosa».
- Se insta a retirar cualquier simbología religiosa en edificios y espacios públicos, salvo los que tengan un valor artístico o histórico.
- Se instauran y promueven las «ceremonias civiles municipales» como los llamados «actos de acogimiento civil» (en contraposición al bautizo cristiano) o las «despedidas civiles» tras un fallecimiento. Del mismo modo, se facilitará la «atención a la apostasía» (sic).