El Colectivo para el Respeto por la Persona -formación independiente que reúne a investigadores y académicos de todas las disciplinas para poner sus habilidades al servicio de los derechos humanos- ha reunido a varios grupos feministas contrarios a los vientres de alquiler.
Esta organización denuncia que han protestado en varias ocasiones ante la ONU sobre las violaciones del derecho internacional de los derechos humanos que suponen los vientres de alquiler sin obtener ninguna respuesta por su parte.
Además, han propuesto la creación dentro de la ONU de una Convención sobre la abolición internacional de la llamada ‘maternidad subrogada’ y dado al gran número de organizaciones aglutinadas en ella, ser consultados en ese trabajo como representantes de la sociedad civil. Pero parece que a la ONU no llegan sus protestas.
A pesar de sus fallidos intentos hasta el momento, el Colectivo para el Respeto por la Persona ha vuelto a insistir que se escuchen los argumentos de sus expertos en las comisiones del Grupo de Expertos en ‘Maternidad Subrogada’, que son los siguientes:
«La maternidad subrogada es un gran mercado que mueve varios miles de millones de dólares al año, basado en la propiedad del cuerpo femenino y convirtiendo a los niños en productos básicos. No se trata de una tecnología reproductiva (técnicamente, no es más que una fertilización in vitro), sino una práctica social explotadora, que debe ser abolida.
El consentimiento de los padres biológicos para la adopción de su hijo solo puede darse después del nacimiento del niño
Desde un punto de vista legal, quisiéramos llamar la atención del Grupo de Expertos sobre la flagrante contradicción entre los mecanismos en juego entre los vientres de alquiler y los principios básicos de la Convención de La Haya sobre Adopción Internacional.
Para evitar el tráfico y la compra de capacidades reproductivas, el artículo 4 de este Convenio establece, como regla fundamental, que el consentimiento de los padres biológicos -en particular el consentimiento de la madre- solo puede darse después del nacimiento del niño, y este no puede obtenerse a través del pago o compensación de ningún tipo.
Sin embargo, la existencia de tales arreglos y compensaciones financieras es un componente central de la maternidad subrogada: el precio del servicio proporcionado por la madre y, por lo tanto, el precio del niño que nacerá, es el objeto de un acuerdo preliminar.
Existe, por lo tanto, una clara contradicción entre la subrogación y la filosofía subyacente a la Convención sobre la Adopción Internacional, una contradicción que no puede ser encubierta por ningún artificio jurídico o semántico. La Conferencia de La Haya no puede alentar por un lado lo que legítimamente se opone por otro lado sin caer en una contradicción.
Además, los vientres de alquiler contradicen muchas convenciones internacionales sobre la protección de los derechos humanos. La subrogación es la venta de un niño, en el sentido del Protocolo Adicional a la Convención sobre los Derechos del Niño. Este protocolo define la venta de niños de la siguiente manera: «Venta de niños significa cualquier acto o transacción por el cual un niño es transferido por cualquier persona o grupo de personas a otro por remuneración o cualquier otra consideración».
Hay que reconocer la necesidad de una Convención sobre la abolición de la ‘maternidad subrogada’, similar a lo que se hizo contra la esclavitud
Tal transacción es precisamente el núcleo de la subrogación, que se basa en la entrega del niño por la madre a los clientes, a cambio de una remuneración o «compensación». Este pago ha sido acordado previamente (incluso en países donde la subrogación comercial está oficialmente prohibida) en la forma de una compensación por gastos vagamente definidos o «pérdida de remuneración». El objeto de este intercambio comercial no es solamente el embarazo o el parto, sino también el propio niño, cuyo parentesco materno se transfiere a los padres comisionados. Cualquiera que sea la forma en que se despliegue el lenguaje para cubrir artificialmente esta realidad, no se puede ocultar.
Es por eso que reiteramos nuestro llamamiento a los miembros del Grupo de Expertos de la Conferencia Internacional de La Haya, a quienes les rogamos:
1. Renunciar a trabajar en cualquier instrumento que tienda a organizar los vientres de alquiler internacionalmente o que favorezca el reconocimiento mutuo en este ámbito
2. Reconocer la necesidad de una Convención sobre la abolición de la ‘maternidad subrogada’, similar a lo que se hizo contra la esclavitud y las prácticas análogas a la esclavitud con los Convenios de 1926 y 1956, y recomendar a los Estados miembros de la Conferencia que participen en esta dirección junto a las Naciones Unidas, que es la organización pertinente a este respecto.
Arcilesbica Nazionale, Italy
Centre évolutif Lilith, France
Chiennes de garde, France
Collectif Midi-Pyrénées pour les droits des femmes , France
Collectif pour le Respect de la Personne (CoRP), France
Coordination des associations pour le droit à l’avortement et à la contraception(Cadac), France
CQFD Lesbiennes Féministes, France
Elus contre l’enfance maltraitée (Elcem), France
Encore féministes ! feminist network of 62 countries
Feminist International Network of Resistance to Reproductive and Genetic Engineering (FINNRAGE), Australia
Femmes et hommes d’avenir, France
Femmes pour le dire, femmes pour agir, France
Libres Mariannes, France
No somos vasijas, Spain
Pour les droits des femmes du Québec, Canada
Regards de femmes, France
Se non ora quando ? Libere, Italy
Societatea de Analize Feministe AnA, Romania
Stoppt Leihmutterschaft, Austria
Stop Surrogacy Now, international network
Swedish feminist network against surrogacy , Sweden
The Center for Bioethics and Culture Network, United States
Women’s Bioethics Alliance, Australia
Comentarios
Comentarios