La Asamblea Nacional de Ecuador debate en los últimos días una reforma legal que trata en última instancia, so capa de protección a la infancia, permitir el aborto de aquellos concebidos en un acto de violación perpetrado sobre menores de edad.
Esta introducción del aborto pretende ser sustanciada a través de una reforma del Código de la Niñez y la Adolescencia que trataría de aprobar los contenidos proaborto del Código de Salud que fueron vetados por el presidente Lenin Moreno en septiembre de 2020 por motivos técnicos.
Dicho Código de Salud contenía, entre otras amenazas contra los derechos humanos, la promoción del aborto de manera ambigua como emergencia obstétrica y consideración de derecho; el impulso del uso indiscriminado de anticonceptivos en menores de edad sin consentimiento de sus padres; la imposición del adoctrinamiento en la ideología de género; la legalización de los vientres de alquiler; la supresión de la objeción de conciencia de los médicos ante el aborto; la prohibición de recibir voluntariamente ayuda para recuperar la identidad sexual de nacimiento; y la habilitación de las cirugías irreversibles de mutilación y simulación genital durante la pubertad.
El derecho a la vida y el aborto en Ecuador
La Constitución de Ecuador señala en su artículo 45 que «el Estado reconocerá y garantizará la vida, incluido el cuidado y protección desde la concepción».
El código Orgánico Intergal Penal de Ecuador establece en su artículo 150 que las condiciones para el aborto no punible son dos: que se haya practicado «para evitar un peligro para la vida o salud de la mujer embarazada y si este peligro no puede ser evitado por otros medios», lo que coincide con la lex artis médica, adecuada a la deontología profesional; o , en segundo lugar, que se trate de un embarazo consecuencia de una violación » en una mujer que padezca discapacidad mental».
Además, dicho código estipula por otro lado penas de cárcel para quien, en el curso de un aborto, cause además la muerte de la madre del bebé. Las penas se amplían si la madre no consentía el aborto.
Asímismo, todo aborto no consentido conlleva una pena de 5 a 7 años de prisión y, si fuera consentido, de uno a tres años de privación de libertad para quien lo practique. La madre que consiente el aborto podría enfrentarse a una pena de seis meses a dos años.
Rechazo de más de 50 organizaciones sociales
Más de medio centenar de organizaciones de la sociedad civil han suscrito una carta abierta en la que denuncia este nuevo intento de legalizar el aborto en Ecuador. En ella, se denuncia que «aprobar el aborto usando un código llamado a proteger a la niñez es algo que transgrede la lógica, la ética y los derechos de los más vulnerables. Amparándose en la figura de violación, condena a muerte a una de las dos víctimas, la más vulnerable. Una pena de muerte que ni siquiera se aplica al victimario».
Asímismo se recuerda que una de las representantes de la Asamblea, Dallyana Passailaigue, renunció a su acta tras denunciar que la «elaboración del proyecto estaría en manos de dos grupos activistas que pagaron a los asesores que trabajan en la redacción de la ley» lo que supone una «injerencia inaceptable a la competencia del Poder Legislativo».
Otros peligros que los firmantes de esta carta advierten en la reforma del Código de la Niñez son:
- La vulneración del derecho constitucional de los menores a «ser reconocidos, cuidados y protegidos desde la concepción, como reza el artículo 45 de la Constitución del Ecuador» al eliminar la definición actual de los sujetos protegidos por el Código que en su actual artículo 2 cubre a “todo ser humano desde su concepción hasta que cumpla dieciocho años de edad”.
- Se cataloga «sin consideración médica o científica a todo embarazo adolescente como de alto riesgo, sin tomar en cuenta las particularidades de cada caso y la valoración que debe ser realizada por los profesionales de la salud».
- Se promueve la ingesta de anticonceptivos ne la infancia y la adolescencia y se restringe «el derecho de los padres a educar a sus hijos en temas tan íntimos como la afectividad y la sexualidad».
- Se habilita la adopción de menores por parte de parejas del mismo sexo, despreciando el derecho de los adoptados a un padre y una madre.
- Prohibe la opción de decidir dar en adopción a una criatura antes del nacimiento, de tal forma que se limitan «las opciones para niñas y adolescentes con un embarazo inesperado», una opción «más digna que el aborto ya que este no solo daña a la menor, sino que mata a un inocente».
La organización civil ProVida Ecuador ha lanzado a través de la plataforma CitizenGO una campaña dirigida al presidente de la Asamblea Nacional de Ecuador, César Litardo Caicedo; a su vicepresidente César Solórzano; y a la presidenta de la Comisión ocasional de Niñez y Adolescencia de la Asamblea, Encarnación Duchi.
En ella se reclama que el proyecto legislativo que afecta al Código de la niñez «sea votado separando aquellos artículos que vulneran derechos y no como un solo cuerpo, lo cual encubriría aquellos temas que más preocupan a las familias del Ecuador».
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