Aborto Chile
Una mujer a favor de la vida se manifiesta frente al Tribunal Constitucional chileno. / EFE

El Tribunal Constitucional (TC) de Chile, que dio luz verde al proyecto de aborto hace unos días, aprobó la objeción de conciencia para los médicos y sus equipos en las instituciones de salud.

El proyecto original contemplaba la objeción de conciencia solo para profesionales y descartaba al equipo médico e instituciones de salud. También, obligaba al médico a practicar el aborto en caso de violación cuando el embarazo estaba en el plazo límite de 14 semanas.

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El Tribunal Constitucional ha emitido el fallo de 297 páginas donde precisó su votación, por 8 votos contra 2, a favor del derecho a objetar en conciencia.

Ninguna ley puede disponer de las personas como un medio; a un punto tal que incluso a costa de tener que enajenar las propias convicciones que la definen como persona, cual recurso humano, sea puesta a satisfacer los deseos, apetencia o necesidades de otros”, precisó el texto.

De esta forma, el médico podrá abstenerse de realizar un aborto si informa previamente y por escrito a la institución. Esta deberá buscar otro facultativo para el procedimiento y de no contar con alguno, debe derivar a la mujer a otro establecimiento de salud.

“Cualquier intromisión de los poderes públicos en la libertad de cátedra del profesor sería así, al mismo tiempo, violación también de la libertad de enseñanza del propio titular del centro”

Respeto al ideario de las instituciones educativas

Asimismo, el TC sugirió que “las instituciones que adscriben fuertemente a determinadas creencias o convicciones, tienen la autonomía” para objetar, pero, “está supeditada a la regulación estatal en el ámbito de las acciones de salud”, agregó.

Lo anterior significa que si las instituciones reciben recursos del Estado “no pueden invocar la objeción de conciencia, en la medida que afecte intereses de terceros”, por ejemplo.

De otro lado, el máximo tribunal explicó que “la jurisprudencia constitucional ha reconocido que los establecimientos de enseñanza tienen un ideario que debe ser respetado”. “Cualquier intromisión de los poderes públicos en la libertad de cátedra del profesor sería así, al mismo tiempo, violación también de la libertad de enseñanza del propio titular del centro”.

Este “es un expreso reconocimiento de la objeción de conciencia y los derechos propios de la autonomía y respeto del ideario de las personas jurídicas”, dijo Angela Vivanco, abogada que solicitó al TC la revisión del proyecto de aborto por considerarlo inconstitucional.

La experta manifestó al diario El Mercurio que “es muy probable” que esta decisión “desagradó profundamente a los que planearon la implementación a gran escala de la práctica abortiva en Chile” y la prueba está en las “declaraciones amenazadoras de funcionarios y simpatizantes de esa idea triunfalista”.

“También, es probable que se procure entrabar, reducir o deconstruir este derecho o buscar diversas formas de disuadir a los objetores”.

En tanto, el rector de la Pontificia Universidad Católica de Chile, Ignacio Sánchez, aseguró a Radio Cooperativa que “van a haber algunos problemas de implementación porque los objetores de conciencia van a ser muchos más de los que se cree”.

Sánchez que representa la Red de Salud UC CHRISTUS, manifestó que la aplicación de la objeción institucional “trata de mantener la fidelidad a la misión institucional”.

* Publicado por Giselle Vargas en ACIPrensa.

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