
El Tribunal Constitucional de Polonia ha dictaminado este jueves que el aborto por malformaciones fetales graves, como enfermedad o discapacidad, es contrario a la Constitución, según ha trasladado la presidenta de la corte, Julia Przylebska, tras la sesión.
El veredicto, que constituye un paso más hacia la prohibición casi total del aborto en Polonia, se ha decidido por mayoría, aunque los jueces Piotr Pszczolkowski y Leon Kieres han emitido sendos votos particulares, tal y como ha informado Dziennik Gazeta Prawna.
Algunas personas creen que La Sexta da información.
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Suscríbete ahoraUn grupo de 119 diputados, encabezados por el partido gobernante Ley y Justicia (PiS), presentaron la demanda ante el Tribunal Constitucional en 2019, entendiendo que la legislación actual legaliza de facto la eugenesia.
La redacción vigente de la ley permite provocar la muerte a un ser humano en edad prenatal en caso de que exista una probabilidad muy alta, que no ocurrencia, de una discapacidad o enfermedad grave.
La situación actual de la legislación sobre el aborto, conocida como «compromiso sobre el aborto», se estableció en 1993. Desde entonces, ni los partidarios de liberalizar la ley ni los defensores de restringir aún más el acceso han tenido éxito en sus esfuerzos.
En 2019, el aborto por malformación del feto supuso el 97 por ciento de los 1.110 abortos que se practicaron en hospitales polacos. El síndrome de Down fue la justificación de más del 40 por ciento de los abortos legales practicados en el país el año pasado.
Actualmente, el aborto también es legal en el país si el embarazo pone en riesgo la vida o la salud de la madre, así como cuando es resultado de violación o incesto.
El PiS y el partido de extrema derecha polaco Confederación para la Libertad y la Independencia han valorado que la sentencia «acerca a Polonia a los estándares de los países civilizados según los estándares clásicos, en términos europeos», mientras que «se aleja de aquellos en los que es posible matar a un hombre solo porque se sospecha de una enfermedad o discapacidad».
Adam Andruszkiewicz, miembro del Sejm, la cámara baja del Parlamento polaco, por el PiS ha manifestado que «la protección de la vida desde la concepción hasta la muerte natural no es sólo un símbolo de humanidad. También es la base histórica del cristianismo y la civilización latina, la base que fue, es y seguirá siendo la fuerza de Polonia. También frente a la ateización e islamización de Occidente», ha agregado en un comunicado recogido por ‘Rzeczpospolita’.
El arzobispo de Cracovia, Marek Jedraszewski ha expresado el «aprecio por el coraje y la integridad» de los jueces del Tribunal Constitucional polaco, al tiempo que han agradecido a los impulsores de la demanda, que han defendido «la santidad de toda vida humana».
Según informa el Centro Europeo para la Ley y la Justicia que dirige Greggor Puppink, el fallo del Tribunal Constitucional de Polonia se ha basado en la convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, que reconoce que «el niño, debido a su inmadurez física e intelectual, necesita protección y cuidados especiales, incluida la protección jurídica adecuada, tanto antes como después del nacimiento «, y la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, que prohíbe la discriminación por motivos de discapacidad.
La decisión es trascendental dado que ninguna ley polaca podrá contradecirla en el futuro, salvo que haya una modificación constitucional que exige una mayoría cualificada.
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